REGLAMENTO (CE) Nº 527/95 DE LA COMISIÓN de 9 de marzo de 1995 que modifica el Reglamento (CEE) nº 1767/82 por el que se establecen las modalidades de aplicación de las exacciones reguladoras específicas a la importación para determinados productos lácteos
Diario Oficial n° L 054 de 10/03/1995 p. 0004 - 0008
REGLAMENTO (CE) N° 527/95 DE LA COMISIÓN de 9 de marzo de 1995 que modifica el Reglamento (CEE) n° 1767/82 por el que se establecen las modalidades de aplicación de las exacciones reguladoras específicas a la importación para determinados productos lácteos LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CEE) n° 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y los productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el Acta de adhesión de Austria, de Finlandia y de Suecia, y, en particular, el apartado 7 de su artículo 14, Visto el Reglamento (CEE) n° 1068/93 de la Comisión, de 30 de abril de 1993, por el que se establecen normas para determinar y aplicar los tipos de conversión utilizados en el sector agrario (2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 157/95 (3), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 18, Considerando que los límites de los valores franco frontera de algunos quesos fueron modificados con efectos desde el 1 de enero de 1995 por el Reglamento (CE) n° 3115/94 de la Comisión, de 20 de diciembre de 1994, por el que se modifican los Anexos I y II del Reglamento (CEE) n° 2658/87 del Consejo relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (4), y fijados en ecus; que este Reglamento establece la posibilidad de adaptar dichos valores en función de las modificaciones del precio indicativo de la leche y del régimen agromonetario que se aplica en la política agrícola común; que, por tanto, conviene ajustar estos valores al Reglamento (CEE) n° 1767/82 de la Comisión, de 1 de julio de 1982, por el que se establecen las modalidades de aplicación de las exacciones reguladoras específicas a la importación para determinados productos lácteos (5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 3337/94 (6), para tener en cuenta estos dos elementos; Considerando que, con efectos desde el 1 de febrero de 1995, el Reglamento (CEE) n° 3813/92 del Consejo, de 28 de diciembre de 1992, relativo a la unidad de cuenta y a los tipos de conversión aplicables en el marco de la política agrícola común (7), modificado por el Reglamento (CE) n° 150/95 (8), suprime la aplicación del factor de corrección de los tipos de conversión y, por tanto, todos los importes; que, en consecuencia, conviene ajustar a partir del 1 de febrero de 1995 los importes que aparecen en el Reglamento (CEE) n° 1767/82 conforme al apartado 2 del artículo 13 del Reglamento (CEE) n° 3813/92; Considerando que las disposiciones del presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y los productos lácteos, HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 El texto de las letras c), d) y g) del Anexo I del Reglamento (CEE) n° 1767/82 se sustituirá por el del Anexo I del presente Reglamento. Artículo 2 El Anexo I del Reglamento (CEE) n° 1767/82 se sustituye por el Anexo I A del presente Reglamento con efectos desde el 1 de febrero de 1995. Artículo 3 El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. El artículo 1 será aplicable a partir del 1 de enero de 1995. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 9 de marzo de 1995. Por la Comisión Franz FISCHLER Miembro de la Comisión (1) DO n° L 148 de 28. 6. 1968, p. 13. (2) DO n° L 108 de 1. 5. 1993, p. 106. (3) DO n° L 24 de 1. 2. 1995, p. 1. (4) DO n° L 345 de 31. 12. 1994, p. 1. (5) DO n° L 196 de 5. 7. 1982, p. 1. (6) DO n° L 350 de 31. 12. 1994, p. 66. (7) DO n° L 387 de 31. 12. 1992, p. 1. (8) DO n° L 22 de 31. 1. 1995, p. 1. ANEXO I « ANEXO I >SITIO PARA UN CUADRO> ANEXO I A « ANEXO I >SITIO PARA UN CUADRO>