Reglamento (CE) n° 1683/94 de la Comisión de 11 de julio de 1994 por el que se modifican los Reglamentos (CEE) n° 1983/92 y 1997/92 por los que se establecen las disposiciones de aplicación del régimen específico para el abastecimiento de productos del sector del arroz a las Azores y Madeira y a la islas Canarias respectivamente y se establecen los respectivos planes de previsiones de abastecimiento
Diario Oficial n° L 178 de 12/07/1994 p. 0053 - 0054
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 59 p. 0028
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 59 p. 0028
REGLAMENTO (CE) No 1683/94 DE LA COMISIÓN de 11 de julio de 1994 por el que se modifican los Reglamentos (CEE) nos 1983/92 y 1997/92 por los que se establecen las disposiciones de aplicación del régimen específico para el abastecimiento de productos del sector del arroz a las Azores y Madeira y a la islas Canarias respectivamente y se establecen los respectivos planes de previsiones de abastecimiento LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CEE) no 1600/92 del Consejo, de 15 de junio de 1992, sobre medidas específicas en favor de las Azores y Madeira relativas a determinados productos agrarios (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1974/93 de la Comisión (2), y, en particular, su artículo 10, Visto el Reglamento (CEE) no 1601/92 del Consejo, de 15 de junio de 1992, relativo a medidas específicas en favor de las islas Canarias con respecto a determinados productos agrarios (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1974/93, y, en particular, el apartado 4 de su artículo 3, Considerando que, en aplicación de las disposiciones del artículo 2 del Reglamento (CEE) no 1600/92, el Reglamento (CEE) no 1983/92 de la Comisión (4), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1939/93 (5), establece el plan de previsiones de abastecimiento de productos del sector del arroz a las Azores y Madeira para la campaña 1993/94; que, por consiguiente, es conveniente establece el plan de previsiones de abastecimiento para la campaña de comercialización 1994/95; Considerando que, en aplicación de las disposiciones del artículo 2 del Reglamento (CEE) no 1601/92, el Reglamento (CEE) no 1997/92 de la Comisión (6), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1939/93, establece el plan de previsiones de abastecimiento de productos del sector del arroz a las islas Canarias para la campaña 1993/94; que, por consiguiente, es conveniente establecer el plan de previsiones de abastecimiento para la campaña de comercialización 1994/95; Considerando que las cantidades de productos que se benefician del régimen específico de abastecimiento se determinan en el marco de planes de previsiones que deben establecerse periódicamente y revisarse en función de las necesidades básicas de los mercados y teniendo en cuenta la producción local y las corrientes comerciales tradicionales; Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales, HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 El Anexo del Reglamento (CEE) no 1983/92 se sustituirá por el Anexo I del presente Reglamento. Artículo 2 El Anexo del Reglamento (CEE) no 1997/92 se sustituirá por el Anexo II del presente Reglamento. Artículo 3 El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Será aplicable a partir del 1 de septiembre de 1994. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 11 de julio de 1994. Por la Comisión René STEICHEN Miembro de la Comisión (1) DO no L 173 de 27. 6. 1992, p. 1. (2) DO no L 180 de 23. 7. 1993, p. 26. (3) DO no L 173 de 27. 6. 1992, p. 13. (4) DO no L 198 de 17. 7. 1992, p. 37. (5) DO no L 176 de 20. 7. 1993, p. 14. (6) DO no L 199 de 18. 7. 1992, p. 20. ANEXO I « ANEXO PLAN DE PREVISIONES DE ABASTECIMIENTO DE ARROZ A LAS AZORES Y MADEIRA PARA LA CAMPAÑA 1994/95 "(en toneladas)"" ID="1">Arroz blanqueado (1006 30)> ID="2">2 500> ID="3">5 000 »"> ANEXO II « ANEXO PLAN DE PREVISIONES DE ABASTECIMIENTO DE ARROZ A LAS ISLAS CANARIAS PARA LA CAMPAÑA 1994/95 "(en toneladas)"" ID="1">Arroz blanqueado (1006 30)> ID="2">12 000"> ID="1">Arroz partido (1006 40)> ID="2">2 000 »">