31993R2454R(02)

RECTIFICACIÓN A : - Reglamento (CEE) nº 2454/93 de la Comisión, de 2 de julio de 1993, por el que se fijan determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) nº 2913/92 del Consejo por el que se establece el Código Aduanero Comunitario

Diario Oficial n° L 180 de 19/07/1996 p. 0034


Rectificación al Reglamento (CEE) n° 2454/93 de la Comisión, de 2 de julio de 1993, por el que se fijan determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) n° 2913/92 del Consejo por el que se establece el Código Aduanero Comunitario (Diario Oficial de las Comunidades Europeas n° L 253 de 11 de octubre de 1993)

En el artículo 67, apartado 1, letra b):

en lugar de: «elaboraciones suficientes»,

léase: «elaboraciones o transformaciones suficientes».

En el artículo 70, letra e):

en lugar de: «el presente capítulo podrán ser considerados»,

léase: «el presente capítulo para poder ser considerados».

En el artículo 73, apartado 1:

en lugar de: «fabricación de dichos productos, serán considerados»,

léase: «fabricación de dicho producto, serán considerados»;

en lugar de: «lugar de fabricación de dichos productos (acumulación regional).»,

léase: «lugar de fabricación de dicho producto (acumulación regional).».

En el artículo 78, apartado 1, letra d):

en lugar de: «conducciones»,

léase: «conductos».

En el artículo 84, apartado 1:

en lugar de: «debido a errores u comisiones involuntarios»,

léase: «debido a errores u omisiones involuntarias».

En el artículo 85 bis, apartado 1:

en lugar de: «certificados de origen modelo A por uno o varios certificados de origen modelo A sólo»,

léase: «certificados de origen modelo A por uno o varios certificados distintos sólo».

En el artículo 86, apartado 1:

en lugar de: «Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3»,

léase: «Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4».

En el artículo 86, apartado 4:

en lugar de: «para expedir la certificación de autoridad»,

léase: «para expedir la certificación de autenticidad».

En el artículo 87, apartado 1, letra d):

en lugar de: «para fines distintos de la demostración en dicha exposición»,

léase: «para fines distintos de la exhibición en dicha exposición.».

En el artículo 87 ter:

- en el apartado 1:

en lugar de: «se podrá aprobar»,

léase: «se podrá realizar»;

- en el apartado 2:

- el texto de la letra e) se sustituirá por el texto siguiente:

«e) cuando en el país de exportación se hayan comprobado las mercancías contenidas en el envío a efectos de la definición de la noción de productos originarios, el exportador podrá indicar en la casilla 7 "observaciones" del formulario APR las referencias correspondientes a dicha comprobación;»,

- se suprimirá la letra f), que pasa a ser el último párrafo del artículo,

- en este último párrafo:

en lugar de: «reglamentos aduaneros o postales.»,

léase: «reglamentos aduaneros y postales.».

En el artículo 94, apartado 3:

en lugar de: «o el formulario APR corresponde a los»,

léase: «o el formulario APR impugnado corresponde a los».

En el artículo 95, primer párrafo:

en lugar de: «artículo 78 y del artículo 91»,

léase: «artículo 78 y del artículo 81».

En el artículo 168:

en lugar de: «A efectos de los artículos 169 a 171 del presente capítulo:»,

léase: «A efectos de los artículos 169 a 172:».

En el artículo 232, en el apartado 1 la letra a) se sustituirá por el texto siguiente:

«a) los efectos personales y las mercancías importadas con un fin deportivo a que se refiere el artículo 684;».

En el artículo 294, apartado 2, y en el artículo 295, apartado 2, en las letras d) y e):

en lugar de: «en el Anexo 40 de la Parte II»,

léase: «en la Parte II del Anexo 40».

En el artículo 295, apartado 2, en las letras a) y c):

en lugar de: «en el Anexo 40 de la Parte I»,

léase: «en la Parte I del Anexo 40».

En el artículo 301, apartado 1:

en lugar de: «en la sección B del Anexo 40 de la Parte II»,

léase: «en la sección B de la Parte II del Anexo 40».

En el apartado 2 de los artículos 302 y 303:

en lugar de: «en los Anexos 40 de la Parte I y 40 de la Parte II»,

léase: «en las Partes I y II del Anexo 40».

Antes del artículo 450, en el título de la sección 3:

en lugar de: «Transporte por canalizaciones»,

léase: «Transporte por conductos».

En el artículo 450, en el apartado 1 y en el apartado 2, en el primer párrafo y en los guiones primero y segundo:

en lugar de: «canalizaciones»,

léase: «conductos».

En el artículo 468, apartado 1, primer párrafo:

en lugar de: «reexpedidos desde uno de estos dos países»,

léase: «reexpedidos desde uno de estos países».

En el artículo 485, apartado 1, suprímase la palabra «no» en la última línea.

En el artículo 485, apartado 5, último párrafo:

en lugar de: «ejemplar de control TS inicial»,

léase: «ejemplar de control T5 inicial».

En el artículo 550:

en lugar de: «Las mercancías a las que se aplica la letra d)»,

léase: «Las mercancías a las que se aplica la letra c)».

En el artículo 556, apartado 2, letra a):

en lugar de: «las aduanas indicadas en el punto 12 del modelo»,

léase: «las aduanas indicadas en el punto 11 del modelo».

En el artículo 572, apartado 1:

en lugar de: «identificadas con los códigos 6201, 6202, 6301, 6302, 6303, 7004, 7005 y 7006 y siempre que»,

léase: «identificadas con los códigos 6201, 6202, 6301, 6302, 6303, 7004, 7005 y 7006 siempre que».

En el artículo 644, apartado 1, segundo guión:

en lugar de: «A.F./R.-varer»,

léase: «A.F./T.-varer».

En el artículo 658, apartado 3:

en lugar de: «artículo 60 del Código»,

léase: «artículo 62 del Código».

En el artículo 781, apartado 3:

en lugar de: «sin que se aplique el apartado 2 del artículo 779»,

léase: «sin que se aplique el apartado 2 del artículo 778».

En el artículo 793, apartado 2, letra b):

en lugar de: «canalizaciones»,

léase: «conductos».

En el artículo 829, apartado 1, primer párrafo:

en lugar de: «o en el artículo 651»,

léase: «o en el artículo 652».

En el Anexo 14:

- en la nota 5.4:

en lugar de: «de papel de aluminio de»,

léase: «de papel de aluminio o de»;

- en la nota 7.2, sustitúyanse las letras, j), k), l), m) y n) respectivamente por las letras k), l), m), n) y o);

- en la nueva letra k):

en lugar de: «de las partidas ex 2710»,

léase: «de la partida ex 2710»;

- en la nueva letra l):

en lugar de: «de 2710»,

léase: «de la partida 2710».

En el Anexo 19, sustitúyase la nota a pie de página 1 de las páginas 332 a 336 por el mismo texto que figura en la nota a pie de página 1 de las páginas 331 y 337.

En el Anexo 20, en la nota a pie de página 2 de la página 378:

en lugar de: «véase la nota introductoria 7 del Anexo 14»,

léase: «véase la nota introductoria 6 del Anexo 14».

En el Anexo 25:

- en la lista I (República Federal de Alemania), en el punto IV. Asia:

en lugar de:

«>SITIO PARA UN CUADRO>

»,

léase:

«>SITIO PARA UN CUADRO>

»;

- en la lista II (Benelux), en el punto IV. Asia, en Chipre (columna 1), en Bruselas (columna 3):

en lugar de: «17»,

léase: «77»;

- en la lista IV (Italia), en el punto III. América, junto a Estados Unidos de América se insertará en la columna 2, entre Milwaukee y Nueva York:

«Minneapolis, Nashville»;

- en la lista V (Reino Unido, . . .) en el punto II. África, en Marruecos (columna 1), Fez, Rabat (columna 2), Manchester (columna 5):

en lugar de: «45»,

léase: «15»;

- en la lista XI (Finlandia), en el punto I. (Europa), en Suiza (columna 1), junto a Ginebra en las columnas 3, 4, y 5:

en lugar de: «86», «86» y «88» respectivamente,

léase: «6», «6» y «7» respectivamente.

En el Anexo 31, la mención que figura en la casilla 27 del ejemplar n° 7 del modelo de formulario:

en lugar de: «27 lugar de carga»,

léase: «27 lugar de descarga».

En el Anexo 40:

en lugar de: «PARTE 1

LISTA DE PRODUCTOS DESTINADOS A LAS AERONAVES, A LOS BARCOS Y A LAS PLATAFORMAS DE PERFORACIÓN A LAS QUE SE APLICAN LAS CONDICIONES DE ADMISIÓN CON EL BENEFICIO DE UN TRATAMIENTO ARANCELARIO FAVORABLE POR RAZÓN DE SU DESTINO ESPECIAL»,

léase: «LISTA DE PRODUCTOS DESTINADOS A LAS AERONAVES, A LOS BARCOS Y A LAS PLATAFORMAS DE PERFORACIÓN A LAS QUE SE APLICAN LAS CONDICIONES DE ADMISIÓN CON EL BENEFICIO DE UN TRATAMIENTO ARANCELARIO FAVORABLE POR RAZÓN DE SU DESTINO ESPECIAL

PARTE 1».

En el Anexo 43, sustitúyanse los formularios T2M por los formularios que se encuentran al final de esta rectificación.

En el Anexo 75 bis (INF 9), en la casilla que contiene el nombre del formulario (en el original y demás ejemplares):

en lugar de: «TRÁFICO TRIANGULAR»,

léase: «AUTORIZACIÓN ÚNICA».

En el Anexo 87, en el número de orden 6, segunda columna:

en lugar de: «Transformaciones para remediar los efectos de averías sufridas»,

léase: «Transformaciones para remediar los efectos de los daños sufridos».

En el Anexo 106 (INF 2), en el verso del formulario:

- en la nota especial relativa a la casilla 9:

en lugar de: «9. Desígnense de manera exacta los productos compensadores según su denominación usual o según su denominación arancelaria.»,

léase: «9. Indíquense las demás particularidades previstas en la autorización.»;

- añádase una nueva nota relativa a la casilla 10, redactada como sigue:

«10. Desígnense de manera exacta los productos compensadores según su denominación usual o según su denominación arancelaria.».

>REFERENCIA A UN FILM>