31993D0090

93/90/CEE: Decisión de la Comisión, de 23 de diciembre de 1992, por la que se aprueba el programa para la erradicación de la rabia presentado por Italia y se fija el nivel de la contribución financiera comunitaria (El texto en lengua italiana es el único auténtico)

Diario Oficial n° L 037 de 13/02/1993 p. 0038 - 0039


DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 23 de diciembre de 1992 por la que se aprueba el programa para la erradicación de la rabia presentado por Italia y se fija el nivel de la contribución financiera comunitaria (El texto en lengua italiana es el único auténtico)

(93/90/CEE)LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Vista la Decisión 90/424/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a determinados gastos en el sector veterinario (1), cuya última modificación la constituye la Decisión 92/337/CEE (2), y, en particular, su artículo 24,

Considerando que en la primavera de 1992 finalizó la acción comunitaria trienal instituida por la Decisión 89/455/CEE del Consejo, de 24 de julio de 1989, por la que se crea una acción comunitaria para el establecimiento de proyectos piloto destinados a luchar contra la rabia con vistas a su erradicación o su prevención (3); que dichos proyectos piloto han alcanzado un éxito considerable y han demostrado la viabilidad de la erradicación de la rabia de la Comunidad;

Considerando que ahora resulta conveniente aplicar medidas más radicales de erradicación en los Estados miembros infectados, así como en los terceros países colindantes que también se hallen infectados, para impedir la reaparición de la rabia;

Considerando que el plan de erradicación presentado por Italia incluye las zonas colindantes de Austria y de Eslovenia;

Considerando que, mediante carta de fecha de 12 de junio de 1992, Italia presentó un plan de erradicación de la rabia cuyo inicio está previsto para el otoño de 1992;

Considerando que el examen de este plan ha permitido comprobar que reúne todos los criterios comunitarios referentes a la erradicación de la citada enfermedad establecidos en la Decisión 90/638/CEE del Consejo, de 27 de noviembre de 1990, por la que se establecen los criterios comunitarios aplicables a las medidas de erradicación y de vigilancia de determinadas enfermedades de los animales (4), modificada por la Directiva 92/65/CEE (5);

Considerando que la Comunidad prestará su contribución financiera para este plan siempre que se cumplan las citadas condiciones y que las autoridades competentes suministren toda la información solicitada en el apartado 8 del artículo 24 de la Decisión 90/424/CEE; que resulta apropiado fijar la participación financiera de la Comunidad en 0,5 ecus por cada vacuna y cebo colocado;

Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobado el plan de erradicación de la rabia presentado por Italia que se aplicará en septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 1992.

Artículo 2

Italia adoptará a más tardar el 1 de septiembre de 1992 las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para la aplicación del programa mencionado en el artículo 1.

Artículo 3

La participación financiera de la Comunidad queda fijada en 0,5 ecus por vacuna y cebo colocado en la zona de la que se pretende erradicar la enfermedad.

Artículo 4

La contribución financiera de la Comunidad se entregará previa presentación de los justificantes correspondientes.

Artículo 5

El destinatario de la presente Decisión será la República Italiana.

Hecho en Bruselas, el 23 de diciembre de 1992.

Por la Comisión

Ray MAC SHARRY

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 224 de 18. 8. 1990, p. 19.

(2) DO no L 187 de 7. 7. 1992, p. 45.

(3) DO no L 223 de 2. 8. 1989, p. 19.

(4) DO no L 347 de 12. 12. 1990, p. 27.

(5) DO no L 268 de 14. 9. 1992, p. 54.