31992R0315

Reglamento (CEE) n° 315/92 de la Comisión, de 10 de febrero de 1992, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 1538/91 que establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) n° 1906/90 por el que se establecen las normas de comercialización aplicables a la carne de aves de corral

Diario Oficial n° L 034 de 11/02/1992 p. 0023 - 0023
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 40 p. 0136
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 40 p. 0136


REGLAMENTO (CEE) No 315/92 DE LA COMISIÓN de 10 de febrero de 1992 por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 1538/91 que establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) no 1906/90 por el que se establecen las normas de comercialización aplicables a la carne de aves de corral

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 1906/90 del Consejo, de 26 de junio de 1990, por el que se establecen las normas de comercialización aplicables a la carne de aves de corral (1), y, en particular, su artículo 9,

Considerando que el artículo 15 del Reglamento (CEE) no 1538/91 de la Comisión (2), modificado por el Reglamento (CEE) no 2988/91 (3), establece una excepción que autoriza a los operadores para utilizar los envases revestidos con las antiguas indicaciones hasta el 31 de diciembre de 1991; que, dadas las existencias de antiguos envases aún sin utilizar y con el fin de facilitar el período transitorio de las pequeñas y medianas empresas, conviene prorrogar esta fecha hasta el 31 de marzo de 1992;

Considerando que las disposiciones del presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne y huevos de aves de corral,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el párrafo cuarto del artículo 15 del Reglamento (CE) no 1538/91, se sustituye la fecha de « 31 de diciembre de 1991 » por la de « 31 de marzo de 1992 ».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 10 de febrero de 1992. Por la Comisión

Ray MAC SHARRY

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 173 de 6. 7. 1990, p. 1. (2) DO no L 143 de 7. 6. 1991, p. 11. (3) DO no L 284 de 12. 10. 1991, p. 26.