91/400/CECA, CEE: Decisión del Consejo y de la Comisión, de 25 de Febrero de 1991, relativa a la celebración del cuarto Convenio ACP-CEE
Diario Oficial n° L 229 de 17/08/1991 p. 0001 - 0002
Edición especial en finés : Capítulo 11 Tomo 17 p. 0057
Edición especial sueca: Capítulo 11 Tomo 17 p. 0057
DECISIÓN DEL CONSEJO Y DE LA COMISIÓN de 25 de febrero de 1991 relativa a la celebración del cuarto Convenio ACP-CEE (91/400/CECA, CEE) EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 238, Visto el dictamen conforme del Parlamento Europeo (1), Considerando que conviene aprobar el cuarto Convenio ACP-CEE, firmado en Lomé el 15 de diciembre de 1989, DECIDEN: Artículo 1 Quedan aprobados, en nombre de la Comunidad Económica Europea y de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, el cuarto Convenio ACP-CEE, los protocolos y declaraciones que figuran anejos al mismo, así como las declaraciones adjuntas al Acta final. Los textos del Convenio, de los Protocolos y de las Declaraciones, así como el del Acta final se adjuntan a la presente Decisión. Artículo 2 El presidente del Consejo procederá, en lo que se refiere a la Comunidad Económica Europa y a la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, al depósito del acto de notificación previsto en el artículo 360 del Convenio. Hecho en Bruselas, el 25 de febrero de 1991. Por el Consejo Por la Comisión El Presidente El Presidente J.-C. JUNCKER Jacques DELORS (1) DO n° C 149 de 18. 6. 1990, p. 71.