Directiva 82/880/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1982, por la que se modifica la Directiva 81/363/CEE relativa a las ayudas a la construcción naval
Diario Oficial n° L 371 de 30/12/1982 p. 0046 - 0046
Edición especial en español: Capítulo 08 Tomo 2 p. 0107
Edición especial en portugués: Capítulo 08 Tomo 2 p. 0107
DIRECTIVA DEL CONSEJO de 21 de diciembre de 1982 por la que se modifica la Directiva 81/363/CEE relativa a las ayudas a la construcción naval ( 82/880/CEE ) EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS , Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , la letra d ) del apartado 3 de su artículo 92 y su artículo 113 , Vista la propuesta de la Comisión , Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1) , Visto el dictamen del Comité Económico y Social (2) , Considerando que la situación de la construcción naval , tanto mundial como comunitaria , se ha agravado durante el período de aplicación de la Directiva 81/363/CEE (3) , y que la gravísima situación se acentúa con el incremento de la producción en determinados terceros países ; Considerando que esa Directiva expirará el 31 de diciembre de 1982 ; Considerando que la mencionada Directiva , al suprimir gradualmente las ayudas al tiempo que contribuye a mantener determinado número de empleos , permite la ejecución de acciones de reestructuración y de medidas de adaptación y de consolidación encaminadas a hacer más competitiva a la industria europea ; Considerando que en la persistente coyuntura de crisis económica , los Estados miembros no prevén una auténtica recuperación a medio plazo de las industrias marítimas , ni a nivel mundial ni en el comunitario ; que , por estas circunstancias , deben fomentarse las medidas encaminadas a incrementar de forma duradera la competitividad de la construcción naval en la Comunidad mediante su adaptación a las condiciones imperantes en el mercado ; Considerando por tanto que , debido a las graves consecuencias sociales y regionales de la persistencia de la crisis , y habida cuenta de los esfuerzos y sacrificios que requiere a este respecto la acción de reestructuración del sector , no parece posible suprimir completamente , por ahora , las ayudas directas o indirectas que los Estados miembros conceden a la construcción naval ; Considerando por tanto que es necesario prorrogar por dos años el marco de estas ayudas , establecido por la Directiva 81/363/CEE , HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA : Artículo 1 En el artículo 11 de la Directiva 81/363/CEE , la fecha « 31 de diciembre de 1982 » será sustituida por la de « 31 de diciembre de 1984 » . Artículo 2 Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros . Hecho en Bruselas , el 21 de diciembre de 1982 . Por el Consejo El Presidente O. MOELLER (1) Dictamen emitido el 17 de diciembre de 1982 ( todavía no publicado en el Diario Oficial ) . (2) Dictamen emitido el 15 de diciembre de 1982 ( todavía no publicado en el Diario Oficial ) . (3) DO n º L 137 de 23 . 5 . 1981 , p. 39 .