31978R3179

Reglamento (CEE) n° 3179/78 del Consejo, de 28 de diciembre de 1978, relativo a la ratificación por parte de la Comunidad Económica Europea del Convenio sobre la futura cooperación multilateral en los caladeros del Atlántico Noroccidental

Diario Oficial n° L 378 de 30/12/1978 p. 0001 - 0001
Edición especial en finés : Capítulo 4 Tomo 1 p. 0031
Edición especial griega: Capítulo 04 Tomo 1 p. 0122
Edición especial sueca: Capítulo 4 Tomo 1 p. 0031
Edición especial en español: Capítulo 04 Tomo 1 p. 0045
Edición especial en portugués: Capítulo 04 Tomo 1 p. 0045


REGLAMENTO ( CEE ) N º 3179/78 DEL CONSEJO

de 28 de diciembre de 1978

relativo a la ratificación por parte de la Comunidad Económica Europea del Convenio sobre la futura cooperación multilateral en los caladeros del Atlántico Noroccidental

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , su artículo 43 ,

Vista la propuesta de la Comisión ,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1) ,

Considerando que la Comunidad participó en las negociaciones para un nuevo convenio internacional sobre la pesca en la zona del Atlántico Noroccidental ;

Considerando que el convenio sobre la futura cooperación multilateral en los caladeros del Atlántico Noroccidental , firmado el 24 de octubre de 1978 deberá ser ratificado por la Comunidad ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Artículo 1

En nombre de la Comunidad se aprueba el Convenio sobre la futura cooperación multilateral en los caladeros del Atlántico Noroccidental .

El texto del Convenio se adjunta al presente Reglamento .

Artículo 2

El Presidente del Consejo procederá al depósito del instrumento de aprobación ante el Gobierno del Canadá conforme al artículo 22 del Convenio (2) .

Artículo 3

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas , el 28 de diciembre de 1978 .

Por el Consejo

El Presidente

H.-D. GENSCHER

(1) Dictamen emitido el 15 de diciembre de 1978 ( no publicado todavía en el Diario Oficial ) .

(2) La fecha de entrada en vigor del Convenio se publicará en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas por encargo de la Secretaría General del Consejo .