31977R1291

Reglamento (CEE) n° 1291/77 del Consejo, de 14 de junio de 1977, referente a la celebración del acuerdo en forma de Canje de Notas relativo a la modificación del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza sobre aplicación de la normativa en materia de tránsito comunitario y referente a la entrada en vigor de la Decisión n° 1/77 de la Comisión mixta creada por dicho Acuerdo

Diario Oficial n° L 151 de 20/06/1977 p. 0001 - 0002
Edición especial griega: Capítulo 02 Tomo 3 p. 0098
Edición especial en español: Capítulo 02 Tomo 3 p. 0196
Edición especial en portugués: Capítulo 02 Tomo 3 p. 0196
Edición especial en finés : Capítulo 2 Tomo 16 p. 0003
Edición especial sueca: Capítulo 2 Tomo 16 p. 0003


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REGLAMENTO ( CEE ) N * 1291/77 DEL CONSEJO

de 14 de junio de 1977

referente a la celebracion del acuerdo en forma de Canje de Notas relativo a la modificacion del Acuerdo entre la Comunidad Economica Europea y la Confederacion Suiza sobre aplicacion de la normativa en materia de transito comunitario y referente a la entrada en vigor de la Decision n * 1/77 de la Comision mixta creada por dicho Acuerdo

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea y , en particular , su articulo 113 ,

Vista la propuesta de la Comision ,

Considerando que es conveniente celebrar el Acuerdo en forma de Canje de Notas relativo a la modificacion del Acuerdo entre la Comunidad Economica Europea y la Confederacion Suiza sobre aplicacion de la normativa en materia de transito comunitario ( 1 ) , firmado el 23 de noviembre de 1972 ; que la modificacion propuesta constituye el objeto de la Recomendacion n * 1/77 de la Comision mixta creada por dicho Acuerdo ;

Considerando que es conveniente disponer que la Decision n * 1/77 de la Comision mixta entre en vigor al mismo tiempo que el Acuerdo mismo ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Articulo 1

Queda aprobado en nombre de la Comunidad el Acuerdo en forma de Canje de Notas relativo a la modificacion del Acuerdo entre la Comunidad Economica Europea y la Confederacion Suiza sobre aplicacion de la normativa en materia de transito comunitario .

El texto del Acuerdo figura como Anexo 1 .

Articulo 2

Se autoriza al Presidente del Consejo para designar a la persona facultada para firmar el Acuerdo en nombre de la Comunidad .

Articulo 3

La Decision n * 1/77 de la Comision mixta creada por el Acuerdo entre la Comunidad Economica Europea y la Confederacion Suiza sobre aplicacion de la normativa en materia de transito comunitario , entrara en vigor en la Comunidad al mismo tiempo que el Acuerdo a que se refiere el articulo 1 .

El texto de la Decision figura como Anexo 2 .

Articulo 4

El presente Reglamento entrara en vigor el dia siguiente al de su publicacion en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .

El presente Reglamento sera obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Luxemburgo , el 14 de junio de 1977 .

Por el Consejo

El Presidente

T . BENN

( 1 ) DO n * L 294 de 29 . 12 . 1972 , p . 1 .