Reglamento (CEE) n 897/75 del Consejo, de 18 de marzo de 1975, por le que se celebra el Protocolo Complementario del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la República de Islandia
Diario Oficial n° L 106 de 26/04/1975 p. 0007 - 0007
Edición especial en finés : Capítulo 2 Tomo 2 p. 0045
Edición especial griega: Capítulo 11 Tomo 7 p. 0009
Edición especial sueca: Capítulo 2 Tomo 2 p. 0045
Edición especial en español: Capítulo 11 Tomo 5 p. 0161
Edición especial en portugués: Capítulo 11 Tomo 5 p. 0161
REGLAMENTO ( CEE ) N º 897/75 DEL CONSEJO de 18 de marzo de 1975 por el que se celebra el Protocolo Complementario del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la República de Islandia EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS , Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , su artículo 113 , Vista la recomendación de la Comisión , Considerando que , como consecuencia de la no adhesión de Noruega a las Comunidades Europeas , es conveniente celebrar el Protocolo Complementario del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la República de Islandia , HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO : Artículo 1 Queda concluido , en nombre de la Comunidad , el Protocolo Complementario del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la República de Islandia . El texto del Protocolo figura anejo . Artículo 2 Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona facultada para firmar el Protocolo mencionado en el artículo 1 y para otorgarle los poderes necesarios a fin de obligar a la Comunidad (1) . Artículo 3 El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de mayo de 1975 . El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro . Hecho en Bruselas , el 18 de marzo de 1975 . Por el Consejo El Presidente R. RYAN (1) La fecha de la firma de dicho Protocolo se publicará en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .