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28.9.2023 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 240/77 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE n.o 212/2020
de 11 de diciembre de 2020
por la que se modifica el anexo IX (Servicios financieros) del Acuerdo EEE [2023/2014]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2020/641 de la Comisión, de 12 de mayo de 2020, por el que se establece información técnica para el cálculo de las provisiones técnicas y los fondos propios básicos a efectos de la presentación de información con fecha de referencia comprendida entre el 31 de marzo de 2020 y el 29 de junio de 2020 de conformidad con la Directiva 2009/138/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el acceso a la actividad de seguro y de reaseguro y su ejercicio (1), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
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(2) |
Procede, por tanto, modificar el anexo IX del Acuerdo EEE en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Después del punto 1zk [Reglamento de Ejecución (UE) 2020/193 de la Comisión] del anexo IX del Acuerdo EEE, se inserta el punto siguiente:
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«1zl. |
32020 R 0641: Reglamento de Ejecución (UE) 2020/641 de la Comisión, de 12 de mayo de 2020, por el que se establece información técnica para el cálculo de las provisiones técnicas y los fondos propios básicos a efectos de la presentación de información con fecha de referencia comprendida entre el 31 de marzo de 2020 y el 29 de junio de 2020 de conformidad con la Directiva 2009/138/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el acceso a la actividad de seguro y de reaseguro y su ejercicio (DO L 150 de 13.5.2020, p. 34).». |
Artículo 2
El texto del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/641 en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 12 de diciembre de 2020, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 11 de diciembre de 2020.
Por el Comité Mixto del EEE,
La Presidenta
Sabine MONAUNI
(1) DO L 150 de 13.5.2020, p. 34.
(*1) No se han indicado preceptos constitucionales.