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29.6.2023 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 164/68 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE n.o 329/2022
de 9 de diciembre de 2022
por la que se modifica el anexo IX (Servicios financieros) del Acuerdo EEE [2023/1271]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Reglamento (UE) 2021/2259 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2021, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 1286/2014 en lo que respecta a la prórroga de la disposición transitoria aplicable a las sociedades de gestión, las sociedades de inversión y las personas que asesoren sobre participaciones en organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM) y no OICVM, o que las vendan (1), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
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(2) |
La Directiva (UE) 2021/2261 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2021, por la que se modifica la Directiva 2009/65/CE en lo que respecta a la utilización de los documentos de datos fundamentales por las sociedades de gestión de organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM) (2), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
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(3) |
Procede, por tanto, modificar el anexo IX del Acuerdo EEE en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo IX del Acuerdo EEE se modifica como sigue:
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1. |
En el punto 30 (Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo), se añade el guion siguiente:
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2. |
En el punto 31bg [Reglamento (UE) n.o 1286/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo], se añade el guion siguiente:
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Artículo 2
Los textos del Reglamento (UE) 2021/2259 y de la Directiva (UE) 2021/2261 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 10 de diciembre de 2022, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1), o en la fecha de la entrada en vigor de la Decisión n.o 67/2020 del Comité Mixto del EEE, de 30 de abril de 2020 (3), si esta fuese posterior.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 9 de diciembre de 2022.
Por el Comité Mixto del EEE,
El Presidente
Kristján Andri STEFÁNSSON
(1) DO L 455 de 20.12.2021, p. 1.
(2) DO L 455 de 20.12.2021, p. 15.
(*1) Se han indicado preceptos constitucionales.
(3) Pendiente de publicación en el Diario Oficial.