10.11.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 291/45


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE n.o 162/2019

de 14 de junio de 2019

por la que se modifica el anexo VI (Seguridad Social) del Acuerdo EEE [2022/2154]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Decisión n.o E5, de 16 de marzo de 2017, relativa a las disposiciones prácticas en relación con el período transitorio para el intercambio electrónico de datos contemplado en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 987/2009 (1), debe incorporarse al Acuerdo EEE.

(2)

La Decisión n.o E5 deroga la Decisión n.o E1 (2), incorporada al Acuerdo EEE y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo.

(3)

Procede, por tanto, modificar el anexo VI del Acuerdo EEE en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo VI del Acuerdo EEE se modifica como sigue:

1.

Después del punto 3.E4 (Decisión n.o E4), se inserta el punto siguiente:

«

3E5.32017 D 0719(01): Decisión n.o E5, de 16 de marzo de 2017, relativa a las disposiciones prácticas en relación con el período transitorio para el intercambio electrónico de datos contemplado en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 987/2009 (DO C 233 de 19.7.2017, p. 3).».

2.

Se suprime el texto del punto 3.E1 (Decisión n.o E1, de 12 de junio de 2009).

Artículo 2

El texto de la Decisión n.o E5 en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 15 de junio de 2019, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 14 de junio de 2019.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Claude MAERTEN


(1)   DO C 233 de 19.7.2017, p. 3.

(2)   DO C 106 de 24.4.2010, p. 9.

(*)  No se han indicado preceptos constitucionales.