10.11.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 291/45 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE n.o 162/2019
de 14 de junio de 2019
por la que se modifica el anexo VI (Seguridad Social) del Acuerdo EEE [2022/2154]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) |
La Decisión n.o E5, de 16 de marzo de 2017, relativa a las disposiciones prácticas en relación con el período transitorio para el intercambio electrónico de datos contemplado en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 987/2009 (1), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
(2) |
La Decisión n.o E5 deroga la Decisión n.o E1 (2), incorporada al Acuerdo EEE y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo. |
(3) |
Procede, por tanto, modificar el anexo VI del Acuerdo EEE en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo VI del Acuerdo EEE se modifica como sigue:
1. |
Después del punto 3.E4 (Decisión n.o E4), se inserta el punto siguiente:
|
2. |
Se suprime el texto del punto 3.E1 (Decisión n.o E1, de 12 de junio de 2009). |
Artículo 2
El texto de la Decisión n.o E5 en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 15 de junio de 2019, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 14 de junio de 2019.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Claude MAERTEN
(1) DO C 233 de 19.7.2017, p. 3.
(2) DO C 106 de 24.4.2010, p. 9.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.