10.11.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 291/1 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE n.o 137/2019
de 14 de junio de 2019
por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE [2022/2129]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) |
La Decisión de Ejecución (UE) 2018/2014 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2018, por la que se modifica el anexo I de la Decisión 2010/221/UE en lo que respecta a la lista de zonas de Irlanda libres del herpesvirus de los ostreidos tipo 1 μvar (OsHV-1 μVar) (1), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
(2) |
La Decisión de Ejecución (UE) 2019/14 de la Comisión, de 3 de enero de 2019, por la que se modifica la Decisión 2009/821/CE en lo relativo a las listas de puestos de inspección fronterizos y unidades veterinarias de Traces (2), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
(3) |
La presente Decisión se refiere a legislación relativa a cuestiones veterinarias. Dicha legislación no se aplica a Liechtenstein mientras la aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas incluya a dicho país, como se recoge en las adaptaciones sectoriales del anexo I del Acuerdo EEE. La presente Decisión no es, por tanto, aplicable a Liechtenstein. |
(4) |
Procede, por tanto, modificar el anexo I del Acuerdo EEE en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El capítulo I del anexo I del Acuerdo EEE se modifica como sigue:
1. |
En el punto 39 (Decisión 2009/821/CE de la Comisión) de la parte 1.2, se añade el guion siguiente:
|
2. |
En el punto 94 (Decisión 2010/221/UE de la Comisión) de la parte 4.2, se añade el guion siguiente:
|
Artículo 2
Los textos de las Decisiones de Ejecución (UE) 2018/2014 y (UE) 2019/14 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 15 de junio de 2019, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 14 de junio de 2019.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Claude MAERTEN
(1) DO L 322 de 18.12.2018, p. 55.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.