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7.7.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 182/12 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE n.o 46/2022
de 18 de marzo de 2022
por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE [2022/1114]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo, «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento Delegado (UE) 2021/1705 de la Comisión, de 14 de julio de 2021, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2020/692, que completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas para la entrada en la Unión, y para el desplazamiento y la manipulación tras la entrada, de las partidas de determinados animales, productos reproductivos y productos de origen animal (1). |
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(2) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento Delegado (UE) 2021/1706 de la Comisión, de 14 de julio de 2021, que modifica y corrige el Reglamento Delegado (UE) 2020/688, por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a los requisitos zoosanitarios para los desplazamientos dentro de la Unión de animales terrestres y de huevos para incubar (2). |
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(3) |
La presente Decisión se refiere, entre otras cuestiones, a legislación relativa a animales distintos de los peces y de los animales de acuicultura. La legislación sobre estas materias no se aplica a Islandia, como se especifica en el apartado 2 de la parte introductoria del capítulo I del anexo I del Acuerdo EEE. |
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(4) |
La presente Decisión se refiere a legislación relativa a cuestiones veterinarias. Dicha legislación no se aplica a Liechtenstein mientras la aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas incluya a dicho país, como se recoge en las adaptaciones sectoriales del anexo I del Acuerdo EEE. La presente Decisión no es, por tanto, aplicable a Liechtenstein. |
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(5) |
Procede, por tanto, modificar el anexo I del Acuerdo EEE en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La parte 1.1 del capítulo I del anexo I del Acuerdo EEE se modifica como sigue:
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1) |
En el punto 13f [Reglamento Delegado (UE) 2020/692 de la Comisión], se añade el texto siguiente: «, modificado por:
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2) |
En el punto 13s [Reglamento Delegado (UE) 2020/688 de la Comisión], se añade el texto siguiente: «, modificado por:
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Artículo 2
Los textos de los Reglamentos Delegados (UE) 2021/1705 en lenguas islandesa y noruega y (UE) 2021/1706 en lengua noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 19 de marzo de 2022, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 18 de marzo de 2022.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Nicolas VON LINGEN
(1) DO L 339 de 24.9.2021, p. 40.
(2) DO L 339 de 24.9.2021, p. 56.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.