25.2.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 67/33


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N.o 142/2018

de 6 de julio de 2018

por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2021/204]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, «Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) 2018/588 de la Comisión, de 18 de abril de 2018, que modifica, por lo que respecta a la 1-metil-2-pirrolidona, el anexo XVII del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH) (1).

(2)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) 2018/589 de la Comisión, de 18 de abril de 2018, que modifica, por lo que respecta al metanol, el anexo XVII del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH) (2), corregido en el DO L 102 de 23.4.2018, p. 99.

(3)

Procede, por tanto, modificar el anexo II del Acuerdo EEE en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el punto 12zc [Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo] del capítulo XV del anexo II del Acuerdo EEE, se añaden los guiones siguientes:

«—

32018 R 0588: Reglamento (UE) 2018/588 de la Comisión, de 18 de abril de 2018 (DO L 99 de 19.4.2018, p. 3).

32018 R 0589: Reglamento (UE) 2018/589 de la Comisión, de 18 de abril de 2018 (DO L 99 de 19.4.2018, p. 7), corregido en el DO L 102 de 23.4.2018, p. 99.».

Artículo 2

Los textos de los Reglamentos (UE) 2018/588 y (UE) 2018/589, corregido en el DO L 102 de 23.4.2018, p. 99, en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 7 de julio de 2018, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 6 de julio de 2018.

Por el Comité Mixto del EEE

La Presidenta

Oda Helen SLETNES


(1)   DO L 99 de 19.4.2018, p. 3.

(2)   DO L 99 de 19.4.2018, p. 7.

(*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.