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25.2.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 67/33 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
N.o 142/2018
de 6 de julio de 2018
por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2021/204]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, «Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) 2018/588 de la Comisión, de 18 de abril de 2018, que modifica, por lo que respecta a la 1-metil-2-pirrolidona, el anexo XVII del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH) (1). |
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(2) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) 2018/589 de la Comisión, de 18 de abril de 2018, que modifica, por lo que respecta al metanol, el anexo XVII del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH) (2), corregido en el DO L 102 de 23.4.2018, p. 99. |
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(3) |
Procede, por tanto, modificar el anexo II del Acuerdo EEE en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el punto 12zc [Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo] del capítulo XV del anexo II del Acuerdo EEE, se añaden los guiones siguientes:
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«— |
32018 R 0588: Reglamento (UE) 2018/588 de la Comisión, de 18 de abril de 2018 (DO L 99 de 19.4.2018, p. 3). |
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— |
32018 R 0589: Reglamento (UE) 2018/589 de la Comisión, de 18 de abril de 2018 (DO L 99 de 19.4.2018, p. 7), corregido en el DO L 102 de 23.4.2018, p. 99.». |
Artículo 2
Los textos de los Reglamentos (UE) 2018/588 y (UE) 2018/589, corregido en el DO L 102 de 23.4.2018, p. 99, en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 7 de julio de 2018, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 6 de julio de 2018.
Por el Comité Mixto del EEE
La Presidenta
Oda Helen SLETNES
(1) DO L 99 de 19.4.2018, p. 3.
(2) DO L 99 de 19.4.2018, p. 7.
(*1) No se han indicado preceptos constitucionales.