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16.7.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 228/44 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE N.o 29/2019
de 8 de febrero de 2019
por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades [2020/946]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo, «Acuerdo EEE», y en particular sus artículos 86 y 98,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
Con arreglo a lo dispuesto en la Decisión n.o 111/2014 del Comité Mixto del EEE, de 16 de mayo de 2014 (1), la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE incluye la participación en el Programa Europa Creativa establecido por el Reglamento (UE) n.o 1295/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo. |
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(2) |
Procede ampliar la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE para incluir el Reglamento (UE) 2018/596 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de abril de 2018, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 1295/2013 por el que se establece el Programa Europa Creativa (2014 a 2020) (2). |
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(3) |
Para que esta cooperación ampliada sea efectiva a partir del 1 de enero de 2018, procede modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el octavo guion del apartado 4 del artículo 9 del Protocolo 31 del Acuerdo EEE se añade el texto siguiente:
«, modificada por:
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32018 R 0596: Reglamento (UE) 2018/596 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de abril de 2018 (DO L 103 de 23.4.2018, p. 1).». |
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de la última notificación efectuada de conformidad con el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).
Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.
Artículo 3
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 8 de febrero de 2019.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Claude MAERTEN
(1) DO L 310 de 30.10.2014, p. 83.
(2) DO L 103 de 23.4.2018, p. 1.
(*1) No se han indicado preceptos constitucionales.