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5.3.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 68/65 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
N.o 311/2019
de 13 de diciembre de 2019
por la que se modifican el anexo X (Servicios generales) y el anexo XIX (Protección de los consumidores) del Acuerdo EEE [2020/329]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo, «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) 2018/302 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de febrero de 2018, sobre medidas destinadas a impedir el bloqueo geográfico injustificado y otras formas de discriminación por razón de la nacionalidad, del lugar de residencia o del lugar de establecimiento de los clientes en el mercado interior y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 2006/2004 y (UE) 2017/2394 y la Directiva 2009/22/CE (1). |
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(2) |
Procede, por tanto, modificar los anexos X y XIX del Acuerdo EEE en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Después del punto 3a (Decisión de Ejecución 2014/89/UE de la Comisión) del anexo IX del Acuerdo EEE, se inserta lo siguiente:
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«4. |
32018 R 0302: Reglamento (UE) 2018/302 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de febrero de 2018, sobre medidas destinadas a impedir el bloqueo geográfico injustificado y otras formas de discriminación por razón de la nacionalidad, del lugar de residencia o del lugar de establecimiento de los clientes en el mercado interior y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 2006/2004 y (UE) 2017/2394 y la Directiva 2009/22/CE (DO L 60I de 2.3.2018, p. 1), corregido en el DO L 66 de 8.3.2018, p. 1. A efectos del presente Acuerdo, las disposiciones del Reglamento se entenderán con arreglo a las adaptaciones siguientes:
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Artículo 2
En el punto 7d (Directiva 2009/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) y 7f [Reglamento (CE) n.o 2006/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo] del anexo XIX del Acuerdo EEE, se añade el siguiente guion:
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«— |
32018 R 0302: Reglamento (UE) 2018/302 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de febrero de 2018 (DO L 60I de 2.3.2018, p. 1), corregido en el DO L 66 de 8.3.2018, p. 1.». |
Artículo 3
Con efecto a partir del 17 de enero de 2020, en el punto 7f [Reglamento (UE) 2017/2394 del Parlamento Europeo y del Consejo] del anexo XIX del Acuerdo EEE, se añade el texto siguiente:
«, modificado por:
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— |
32018 R 0302: Reglamento (UE) 2018/302 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de febrero de 2018 (DO L 60I de 2.3.2018, p. 1), corregido en el DO L 66 de 8.3.2018, p. 1.». |
Artículo 4
Los textos del Reglamento (UE) 2018/302, corregido en el DO L 66 de 8.3.2018, p. 1, en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 5
La presente Decisión entrará en vigor el 14 de diciembre de 2019, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).
Artículo 6
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 13 de diciembre de 2019.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Gunnar PÁLSSON
(1) DO L 60I de 2.3.2018, p. 1.
(*1) Se han indicado preceptos constitucionales.