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3.10.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 254/43 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
N.o 232/2017
de 15 de diciembre de 2017
por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2019/1640]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo, «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Directiva (UE) 2015/652 del Consejo, de 20 de abril de 2015, por la que se establecen métodos de cálculo y requisitos de notificación de conformidad con la Directiva 98/70/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la calidad de la gasolina y el gasóleo (1), tal y como ha sido corregida en el DO L 129 de 27.5.2015, p. 53. |
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(2) |
Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo II del Acuerdo EEE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Después del punto 6d (Reglamento (UE) 1307/2014 de la Comisión) del capítulo XVII del anexo II del Acuerdo EEE, se inserta el texto siguiente:
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«6e. |
32015 L 0652: Directiva (UE) 2015/652 del Consejo, de 20 de abril de 2015, por la que se establecen métodos de cálculo y requisitos de notificación de conformidad con la Directiva 98/70/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la calidad de la gasolina y el gasóleo (DO L 107 de 25.4.2015, p. 26), tal y como ha sido corregida en el DO L 129 de 27.5.2015, p. 53. A efectos del presente Acuerdo, las disposiciones de la Directiva se entenderán con arreglo a la siguiente adaptación: Las referencias a otros actos que figuran en la Directiva se considerarán pertinentes en la medida y según la forma en que esos actos hayan sido incorporados al Acuerdo EEE.». |
Artículo 2
El texto de la Directiva (UE) 2015/652, tal y como ha sido corregido en el DO L 129 de 27.5.2015, p. 53, en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 16 de diciembre de 2017, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 15 de diciembre de 2017.
Por el Comité Mixto del EEE
La Presidenta
Sabine MONAUNI
(1) DO L 107 de 25.4.2015, p. 26.
(*1) No se han indicado preceptos constitucionales.