3.10.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 254/40


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N.o 229/2017

de 15 de diciembre de 2017

por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2019/1637]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo, «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión de Ejecución (UE) 2017/1532 de la Comisión, de 7 de septiembre de 2017, por la que se tratan cuestiones sobre la evaluación comparativa de los rodenticidas anticoagulantes con arreglo al artículo 23, apartado 5, del Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (1).

(2)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo II del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Después del punto 19 [Decisión de Ejecución (UE) 2016/678 de la Comisión] del capítulo XV del anexo II del Acuerdo EEE, se inserta el punto siguiente:

«20.

32017 D 1532: Decisión de Ejecución (UE) 2017/1532 de la Comisión, de 7 de septiembre de 2017, por la que se tratan cuestiones sobre la evaluación comparativa de los rodenticidas anticoagulantes con arreglo al artículo 23, apartado 5, del Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 232 de 8.9.2017, p. 11).».

Artículo 2

El texto de la Decisión de Ejecución (UE) 2017/1532 en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 16 de diciembre de 2017, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 15 de diciembre de 2017.

Por el Comité Mixto del EEE

La Presidenta

Sabine MONAUNI


(1)   DO L 232 de 8.9.2017, p. 11.

(*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.