28.2.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 60/31 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
N.o 18/2019
de 8 de febrero de 2019
por la que se modifica el anexo IX (Servicios financieros) del Acuerdo EEE [2019/341]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo, «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) n.o 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, sobre la mejora de la liquidación de valores en la Unión Europea y los depositarios centrales de valores y por el que se modifican las Directivas 98/26/CE y 2014/65/UE y el Reglamento (UE) n.o 236/2012 (1), corregido en el DO L 349 de 21.12.2016, p. 8. |
(2) |
Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo IX del Acuerdo EEE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo IX del Acuerdo EEE queda modificado como sigue:
1) |
En los puntos 16b (Directiva 98/26/CE del Parlamento Europeo y el Consejo) y 31ba (Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y el Consejo) se añade el guion siguiente:
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2) |
En el punto 29f [Reglamento (UE) n.o 236/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo], se añade el punto siguiente: «, modificado por:
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3) |
Después del punto 31bea [Reglamento de Ejecución (UE) n.o 594/2014 de la Comisión], se inserta el punto siguiente:
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Artículo 2
El texto del Reglamento (UE) n.o 909/2014, corregido en el DO L 349 de 21.12.2016, p. 8, en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 9 de febrero de 2019, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 8 de febrero de 2019.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Claude MAERTEN
(1) DO L 257 de 28.8.2014, p. 1.
(*1) Se han indicado preceptos constitucionales.