7.2.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 36/34


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N.o 87/2017

de 5 de mayo de 2017

por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2019/199]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo, «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2045 de la Comisión, de 23 de noviembre de 2016, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 37/2010 en lo que se refiere a la sustancia «gamitromicina» (1).

(2)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2074 de la Comisión, de 25 de noviembre de 2016, que modifica el Reglamento (UE) n.o 37/2010 por lo que respecta a la sustancia «salicilato de aluminio básico» (2).

(3)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo II del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el punto 13 [Reglamento (UE) n.o 37/2010 de la Comisión] del capítulo XIII del anexo II del Acuerdo EEE, se añaden los guiones siguientes:

«—

32016 R 2045: Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2045 de la Comisión, de 23 de noviembre de 2016 (DO L 318 de 24.11.2016, p. 3),

32016 R 2074: Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2074 de la Comisión, de 25 de noviembre de 2016 (DO L 320 de 26.11.2016, p. 29).».

Artículo 2

Los textos de los Reglamentos de Ejecución (UE) 2016/2045 y (UE) 2016/2074 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 6 de mayo de 2017, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1)

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 5 de mayo de 2017.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Claude MAERTEN


(1)  DO L 318 de 24.11.2016, p. 3.

(2)  DO L 320 de 26.11.2016, p. 29.

(*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.