7.2.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 36/5


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N.o 70/2017

de 5 de mayo de 2017

por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE [2019/182]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo, «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión de Ejecución (UE) 2016/1840 de la Comisión, de 14 de octubre de 2016, que modifica el anexo IV de la Directiva 2009/156/CE del Consejo en lo que respecta a los métodos de diagnóstico de la peste equina (1).

(2)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión de Ejecución (UE) 2017/9 de la Comisión, de 4 de enero de 2017, por la que se autoriza a determinados laboratorios de Marruecos y Taiwán a efectuar pruebas serológicas de control de la eficacia de las vacunas antirrábicas en perros, gatos y hurones (2).

(3)

La presente Decisión se refiere a legislación relativa a animales distintos de los peces y de los animales de acuicultura. La legislación sobre estas materias no se aplicará a Islandia, como se especifica en el apartado 2 de la parte introductoria del capítulo I del anexo I del Acuerdo EEE. La presente Decisión no es, por tanto, aplicable a Islandia.

(4)

La presente Decisión se refiere a legislación relativa a cuestiones veterinarias. La legislación relativa a cuestiones veterinarias no se aplicará a Liechtenstein mientras la aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza relativo al comercio de productos agrícolas incluya a dicho país, como se recoge en las adaptaciones sectoriales del anexo I del Acuerdo EEE. La presente Decisión no es, por tanto, aplicable a Liechtenstein.

(5)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo I del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El capítulo I del anexo I del Acuerdo EEE queda modificado como sigue:

1)

En el punto 3 (Directiva 2009/156/CE del Consejo) de la parte 4.1, se añade el texto siguiente:

«, modificado por:

32016 D 1840: Decisión de Ejecución (UE) 2016/1840 de la Comisión, de 14 de octubre de 2016 (DO L 280 de 18.10.2016, p. 33).».

2)

En el punto 2 (Directiva 2009/156/CE del Consejo) de la parte 8.1, se añade el guion siguiente:

«—

32016 D 1840: Decisión de Ejecución (UE) 2016/1840 de la Comisión, de 14 de octubre de 2016 (DO L 280 de 18.10.2016, p. 33).».

3)

Después del punto 102 [Decisión de Ejecución (UE) 2016/1235 de la Comisión], se inserta el punto siguiente:

«103.

32017 D 0009: Decisión de Ejecución (UE) 2017/9 de la Comisión, de 4 de enero de 2017, por la que se autoriza a determinados laboratorios de Marruecos y Taiwán a efectuar pruebas serológicas de control de la eficacia de las vacunas antirrábicas en perros, gatos y hurones (DO L 3 de 6.1.2017, p. 32).

Este acto no será aplicable a Islandia.».

Artículo 2

Los textos de las Decisiones de Ejecución (UE) 2016/1840 y (UE) 2017/9 en lengua noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 6 de mayo de 2017, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 5 de mayo de 2017.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Claude MAERTEN


(1)  DO L 280 de 18.10.2016, p. 33.

(2)  DO L 3 de 6.1.2017, p. 32.

(*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.