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22.11.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 297/51 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
N.o 40/2017
de 3 de febrero de 2017
por la que se modifica el anexo XIII (Transporte) y el Protocolo 37 (que contiene la lista correspondiente al artículo 101) del Acuerdo EEE [2018/1774]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión (UE) 2016/566 de la Comisión, de 11 de abril de 2016, por la que se crea el Grupo de gestión de alto nivel para la gobernanza del sistema y los servicios marítimos digitales y se deroga la Decisión 2009/584/CE (1). |
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(2) |
Para que el Acuerdo EEE funcione correctamente, el Protocolo 37 del Acuerdo EEE debe modificarse para incluir el Grupo de gestión de alto nivel para la gobernanza del sistema y los servicios marítimos digitales establecido por la Decisión (UE) 2016/566 de la Comisión, y el anexo XIII debe modificarse con el fin de especificar los procedimientos de asociación con dicho Grupo. |
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(3) |
Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XIII y el Protocolo 37 del Acuerdo EEE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El texto del punto 55ab (Decisión 2009/584/CE de la Comisión) del anexo XIII del Acuerdo EEE, se sustituye por el texto siguiente:
« 32016 R 0566: Decisión (UE) 2016/566 de la Comisión, de 11 de abril de 2016, por la que se crea el Grupo de gestión de alto nivel para la gobernanza del sistema y los servicios marítimos digitales y se deroga la Decisión 2009/584/CE (DO L 96 de 12.4.2016, p. 46).
Modalidades para la asociación de los Estados de la AELC con arreglo al artículo 101 del Acuerdo:
En virtud del artículo 4 de la Decisión (UE) 2016/566 de la Comisión, cada Estado miembro de la AELC podrá nombrar a un representante para que participe como observador en el Grupo de gestión de alto nivel para la gobernanza del sistema y los servicios marítimos digitales.».
Artículo 2
El texto del punto 34 (Grupo de gestión de alto nivel de SafeSeaNet) del Protocolo 37 del Acuerdo EEE, se sustituye por el texto siguiente:
«Grupo de gestión de alto nivel para la gobernanza del sistema y los servicios marítimos digitales [Decisión (UE) 2016/566 Comisión].».
Artículo 3
El texto de la Decisión (UE) 2016/566 en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.
Artículo 4
La presente Decisión entrará en vigor el 4 de febrero de 2017, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).
Artículo 5
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 3 de febrero de 2017.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Claude MAERTEN
(1) DO L 96 de 12.4.2016, p. 46.
(*1) No se han indicado preceptos constitucionales.