22.11.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 297/51


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N.o 40/2017

de 3 de febrero de 2017

por la que se modifica el anexo XIII (Transporte) y el Protocolo 37 (que contiene la lista correspondiente al artículo 101) del Acuerdo EEE [2018/1774]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión (UE) 2016/566 de la Comisión, de 11 de abril de 2016, por la que se crea el Grupo de gestión de alto nivel para la gobernanza del sistema y los servicios marítimos digitales y se deroga la Decisión 2009/584/CE (1).

(2)

Para que el Acuerdo EEE funcione correctamente, el Protocolo 37 del Acuerdo EEE debe modificarse para incluir el Grupo de gestión de alto nivel para la gobernanza del sistema y los servicios marítimos digitales establecido por la Decisión (UE) 2016/566 de la Comisión, y el anexo XIII debe modificarse con el fin de especificar los procedimientos de asociación con dicho Grupo.

(3)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XIII y el Protocolo 37 del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El texto del punto 55ab (Decisión 2009/584/CE de la Comisión) del anexo XIII del Acuerdo EEE, se sustituye por el texto siguiente:

« 32016 R 0566: Decisión (UE) 2016/566 de la Comisión, de 11 de abril de 2016, por la que se crea el Grupo de gestión de alto nivel para la gobernanza del sistema y los servicios marítimos digitales y se deroga la Decisión 2009/584/CE (DO L 96 de 12.4.2016, p. 46).

Modalidades para la asociación de los Estados de la AELC con arreglo al artículo 101 del Acuerdo:

En virtud del artículo 4 de la Decisión (UE) 2016/566 de la Comisión, cada Estado miembro de la AELC podrá nombrar a un representante para que participe como observador en el Grupo de gestión de alto nivel para la gobernanza del sistema y los servicios marítimos digitales.».

Artículo 2

El texto del punto 34 (Grupo de gestión de alto nivel de SafeSeaNet) del Protocolo 37 del Acuerdo EEE, se sustituye por el texto siguiente:

«Grupo de gestión de alto nivel para la gobernanza del sistema y los servicios marítimos digitales [Decisión (UE) 2016/566 Comisión].».

Artículo 3

El texto de la Decisión (UE) 2016/566 en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.

Artículo 4

La presente Decisión entrará en vigor el 4 de febrero de 2017, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

Artículo 5

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 3 de febrero de 2017.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Claude MAERTEN


(1)   DO L 96 de 12.4.2016, p. 46.

(*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.