15.3.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 73/36


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N.O 162/2016

de 8 de julio de 2016

por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades [2018/383]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo, «Acuerdo EEE», y en particular sus artículos 86 y 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

Conviene ampliar la cooperación de las Partes contratantes en el Acuerdo EEE para incluir la Decisión (UE) 2015/2240 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, por la que se establece un programa relativo a las soluciones de interoperabilidad y los marcos comunes para las administraciones públicas, las empresas y los ciudadanos europeos [programa ISA2] como medio de modernización del sector público (1).

(2)

Por consiguiente, para que esta cooperación ampliada pueda empezar a partir del 1 de enero de 2016, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El artículo 17 (Intercambio telemático de datos) del Protocolo 31 del Acuerdo EEE queda modificado de la manera siguiente:

1)

En el apartado 1, se añade el párrafo siguiente:

«Los Estados de la AELC participarán, a partir del 1 de enero de 2016, en los proyectos y actividades del programa de la Unión mencionado en el apartado 6, letra d).».

2)

Después del apartado 5 se inserta el siguiente apartado:

«5a.

Los Estados de la AELC, desde el inicio de la cooperación en el programa mencionado en el apartado 6, letra d), participarán plenamente, sin derecho de voto, en el Comité de soluciones de interoperabilidad para administraciones públicas, empresas y ciudadanos europeos (el Comité ISA2) que asiste a la Comisión Europea en la ejecución, gestión y desarrollo de dicho programa.».

3)

en el apartado 6 se añade el texto siguiente:

«d)

con vistas a la participación a partir del 1 de enero de 2016:

32015 D 2240: Decisión (UE) 2015/2240 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, relativa a las soluciones de interoperabilidad para las administraciones públicas, las empresas y los ciudadanos europeos (programa ISA2) como medio de modernización del sector público (DO L 318 de 4.12.2015, p. 1).

Liechtenstein estará exento de la participación en este Programa y de la contribución financiera correspondiente.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

S erá aplicable a partir del 1 de enero de 2016.

Artículo 3

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 8 de julio de 2016.

Por el Comité Mixto del EEE

La Presidenta

Bergdís ELLERTSDÓTTIR


(1)  DO L 318 de 4.12.2015, p. 1.

(*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.