15.3.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 73/9


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N.O 139/2016

de 8 de julio de 2016

por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2018/361]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo, «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) 2015/704 de la Comisión, de 30 de abril de 2015, que modifica el Reglamento (CE) n.o 1881/2006 por lo que respecta al contenido máximo de PCB no similares a las dioxinas en la mielga (Squalus acanthias) capturada en estado salvaje (1).

(2)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) 2015/705 de la Comisión, de 30 de abril de 2015, por el que se establecen métodos de muestreo y criterios de rendimiento de los métodos de análisis para el control oficial de los niveles de ácido erúcico en los alimentos y se deroga la Directiva 80/891/CEE de la Comisión (2).

(3)

El Reglamento (UE) 2015/705 deroga la Directiva 80/891/CEE de la Comisión (3), incorporada al Acuerdo EEE y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo.

(4)

La presente Decisión se refiere a legislación relativa a productos alimenticios. Dicha legislación no se aplicará a Liechtenstein mientras la aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas se extienda a Liechtenstein, tal y como recoge la introducción del capítulo XII del anexo II del Acuerdo EEE. La presente Decisión no es, por tanto, aplicable a Liechtenstein.

(5)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo II del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El capítulo XII del anexo II del Acuerdo EEE queda modificado como sigue:

1)

En el punto 54zzzz [Reglamento (CE) n.o 1881/2006 de la Comisión], se añade el siguiente guion:

«—

32015 R 0704: Reglamento (UE) 2015/704 de la Comisión, de 30 de abril de 2015 (DO L 113 de 1.5.2015, p. 27).».

2)

Después del punto 107 [Reglamento (UE) 2015/1898 de la Comisión], se inserta el punto siguiente:

«108.

32015 R 0705: Reglamento (UE) 2015/705 de la Comisión, de 30 de abril de 2015, por el que se establecen métodos de muestreo y criterios de rendimiento de los métodos de análisis para el control oficial de los niveles de ácido erúcico en los alimentos y se deroga la Directiva 80/891/CEE de la Comisión (DO L 113 de 1.5.2015, p. 29).».

3)

Se suprime el texto del punto 27 (Directiva 80/891/CEE de la Comisión).

Artículo 2

Los textos de los Reglamentos (UE) 2015/704 y (UE) 2015/705 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 9 de julio de 2016, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 8 de julio de 2016.

Por el Comité Mixto del EEE

La Presidenta

Bergdís ELLERTSDÓTTIR


(1)  DO L 113 de 1.5.2015, p. 27.

(2)  DO L 113 de 1.5.2015, p. 29.

(3)  DO L 254 de 27.9.1980, p. 35.

(*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.