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22.6.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 161/73 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
N.o 283/2015
de 30 de octubre de 2015
por la que se modifica el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE [2017/1072]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo, «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión (UE) 2015/877 de la Comisión, de 4 de junio de 2015, por la que se modifican las Decisiones 2009/568/CE, 2011/333/UE, 2011/381/UE, 2012/448/UE y 2012/481/UE con objeto de prorrogar la vigencia de los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica de la UE a determinados productos (1). |
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(2) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión (UE) 2015/886 de la Comisión, de 8 de junio de 2015, que modifica la Decisión 2014/312/UE, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica de la UE a las pinturas y barnices de interior y exterior (2). |
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(3) |
Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XX del Acuerdo EEE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo XX del Acuerdo EEE se modifica como sigue:
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1) |
En los puntos 2i (Decisión 2009/568/CE de la Comisión) y 2zf (Decisión 2012/481/UE de la Comisión) se añade el siguiente guion:
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2) |
En los puntos 2u (Decisión 2011/381/UE de la Comisión), 2x (Decisión 2011/333/UE de la Comisión) y 2ze (Decisión 2012/448/UE de la Comisión) se añade el siguiente guion: «, modificado por:
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3) |
En el punto 2v (Decisión 2014/312/UE de la Comisión) se añade lo siguiente: «, modificado por:
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Artículo 2
Los textos de la Decisión (UE) 2015/877 y (UE) 2015/886 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de noviembre de 2015, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 30 de octubre de 2015.
Por el Comité Mixto del EEE
La Presidenta
Oda SLETNES
(1) DO L 142 de 6.6.2015, p. 32.
(2) DO L 144 de 10.6.2015, p. 12.
(*1) No se han indicado preceptos constitucionales.