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30.3.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 85/22 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
N.o 208/2015
de 25 de septiembre de 2015
por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2017/515]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Directiva (UE) 2015/254 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2015, por la que se deroga la Directiva 93/5/CEE del Consejo relativa a la asistencia a la Comisión por parte de los Estados miembros y a su cooperación en materia de examen científico de las cuestiones relacionadas con productos alimenticios (1). |
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(2) |
La Directiva (UE) 2015/254 deroga la Directiva 93/5/CEE del Consejo (2), incorporada al Acuerdo EEE, y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo. |
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(3) |
La presente Decisión se refiere a legislación relativa a productos alimenticios. Dicha legislación no se aplicará a Liechtenstein mientras la aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas se extienda a dicho país, tal y como recoge la introducción del capítulo XII del anexo II del Acuerdo EEE. La presente Decisión no es, por tanto, aplicable a Liechtenstein. |
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(4) |
Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo II del Acuerdo EEE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El texto del punto 54g (Directiva 93/5/CEE del Consejo) del capítulo XII, del anexo II del Acuerdo EEE se sustituye por el texto siguiente:
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«54g. |
32015 L 0254: Directiva (UE) 2015/254 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2015, por la que se deroga la Directiva 93/5/CEE del Consejo relativa a la asistencia a la Comisión por parte de los Estados miembros y a su cooperación en materia de examen científico de las cuestiones relacionadas con productos alimenticios (DO L 43 de 18.2.2015, p. 1).». |
Artículo 2
Los textos de la Directiva (UE) 2015/254 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 26 de septiembre de 2015, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 25 de septiembre de 2015.
Por el Comité Mixto del EEE
La Presidenta
Ingrid SCHULERUD
(1) DO L 43 de 18.2.2015, p. 1.
(2) DO L 52 de 4.3.1993, p. 18.
(*1) No se han indicado preceptos constitucionales.