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12.1.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 8/23 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
N.o 190/2015
de 10 de julio de 2015
por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE [2017/30]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/310 de la Comisión, de 26 de febrero de 2015, que modifica el Reglamento (CE) n.o 29/2009 por el que se establecen requisitos relativos a los servicios de enlace de datos para el cielo único europeo y deroga el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 441/2014 (1). |
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(2) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2015/310 deroga al Reglamento de Ejecución (UE) n.o 441/2014 de la Comisión (2), incorporado al Acuerdo EEE, y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo. |
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(3) |
Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XIII del Acuerdo EEE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El punto 66wg [Reglamento (CE) n.o 29/2009 de la Comisión] del anexo XIII del Acuerdo EEE, se sustituye por el texto siguiente:
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1. |
Se suprime el guion [Reglamento de Ejecución (UE) n.o 441/2014 de la Comisión]. |
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2. |
Se añade el siguiente guion:
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Artículo 2
Los textos del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/310 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 11 de julio de 2015, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 10 de julio de 2015.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Atle LEIKVOLL
(1) DO L 56 de 27.2.2015, p. 30.
(2) DO L 130 de 1.5.2014, p. 37.
(*1) No se han indicado preceptos constitucionales.