4.8.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 211/58


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N.o 104/2015

de 30 de abril de 2015

por la que se modifica el anexo XI (Comunicación electrónica, servicios audiovisuales y sociedad de la información) del Acuerdo EEE [2016/1287]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión n.o 243/2012/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2012, por la que se establece un programa plurianual de política del espectro radioeléctrico (1).

(2)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión de Ejecución 2013/195/UE de la Comisión, de 23 de abril de 2013, que define las modalidades prácticas, los formatos uniformes y una metodología en relación con el inventario del espectro radioeléctrico establecido por la Decisión n.o 243/2012/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un programa plurianual de política del espectro radioeléctrico (2).

(3)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XI del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Después del punto 5cl (Directiva 2002/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) del anexo XI del Acuerdo EEE se inserta el texto siguiente:

«5cla.

32012 D 0243: Decisión n.o 243/2012/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2012, por la que se establece un programa plurianual de política del espectro radioeléctrico (DO L 81 de 21.3.2012, p. 7).

5claa.

32013 D 0195: Decisión de Ejecución 2013/195/UE de la Comisión, de 23 de abril de 2013, que define las modalidades prácticas, los formatos uniformes y una metodología en relación con el inventario del espectro radioeléctrico establecido por la Decisión n.o 243/2012/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un programa plurianual de política del espectro radioeléctrico (DO L 113 de 25.4.2013, p. 18).».

Artículo 2

Los textos de la Decisión n.o 243/2012/UE y de la Decisión de Ejecución 2013/195/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de mayo de 2015, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 30 de abril de 2015.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Gianluca GRIPPA


(1)   DO L 81 de 21.3.2012, p. 7.

(2)   DO L 113 de 25.4.2013, p. 18.

(*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.