21.3.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 81/8


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

No 208/2012

de 7 de diciembre de 2012

por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE») y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) no 459/2012 de la Comisión, de 29 de mayo de 2012, por el que se modifican el Reglamento (CE) no 715/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CE) no 692/2008 de la Comisión en lo que respecta a las emisiones procedentes de turismos y vehículos comerciales ligeros (Euro 6) (1).

(2)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo II del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el punto 45zt [Reglamento (CE) no 715/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo] y 45 zu [Reglamento (CE) no 692/2008 de la Comisión] del capítulo I del anexo II del Acuerdo EEE, se añade el siguiente guion:

«—

32012 R 0459: Reglamento (UE) no 459/2012 de la Comisión, de 29 de mayo de 2012 (DO L 142 de 1.6.2012, p. 16).».

Artículo 2

Los textos del Reglamento (UE) no 459/2012 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 8 de diciembre de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (2) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 7 de diciembre de 2012.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Atle LEIKVOLL


(1)  DO L 142 de 1.6.2012, p. 16.

(2)  No se han indicado preceptos constitucionales.