21.3.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 81/3


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

No 206/2012

de 7 de diciembre de 2012

por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE») y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) no 81/2012 de la Comisión, de 31 de enero de 2012, por el que se deniega la autorización de Lactobacillus pentosus (DSM 14025) como aditivo para piensos (1).

(2)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) no 91/2012 de la Comisión, de 2 de febrero de 2012, relativo a la autorización de Bacillus subtilis (CBS 117 162) como aditivo alimentario para lechones destetados y cerdos de engorde (titular de la autorización: Krka d.d.) (2).

(3)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) no 93/2012 de la Comisión, de 3 de febrero de 2012, relativo a la autorización de Lactobacillus plantarum (DSM 8862 y DSM 8866) como aditivo en los piensos para todas las especies animales (3).

(4)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) no 98/2012 de la Comisión, de 7 de febrero de 2012, relativo a la autorización de 6-fitasa (EC 3.1.3.26) producida por Pichia pastoris (DSM 23036) como aditivo en los piensos para pollos y pavos de engorde, pollitas para puesta, pavos criados para reproducción, gallinas ponedoras, otras especies aviares de engorde y ponedoras, lechones destetados, cerdos de engorde y cerdas (titular de la autorización: Huvepharma AD) (4).

(5)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) no 118/2012 de la Comisión, de 10 de febrero de 2012, por el que se modifican los Reglamentos (CE) no 2380/2001, (CE) no 1289/2004, (CE) no 1455/2004, (CE) no 1800/2004, (CE) no 600/2005 y (UE) no 874/2010 y los Reglamentos de Ejecución (UE) no 388/2011, (UE) no 532/2011 y (UE) no 900/2011 en lo que respecta al nombre del titular de la autorización de ciertos aditivos en la alimentación animal, y se corrige el Reglamento de Ejecución (UE) no 532/2011 (5).

(6)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) no 131/2012 de la Comisión, de 15 de febrero de 2012, relativo a la autorización de un preparado de aceite de alcaravea y aceite de limón con hierbas secas y especias como aditivo alimentario para lechones destetados (titular de la autorización: Delacon Biotechnik GmbH) (6).

(7)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) no 136/2012 de la Comisión, de 16 de febrero de 2012, por el que se autoriza el bisulfato de sodio como aditivo de piensos para mascotas y otros animales no productores de alimentos (7).

(8)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) no 140/2012 de la Comisión, de 17 de febrero de 2012, relativo a la autorización de monensina de sodio como aditivo en piensos para pollos de engorde y pollitas para puesta (titular de la autorización: Huvepharma NV Belgium) (8).

(9)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) no 225/2012 de la Comisión, de 15 de marzo de 2012, por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) no 183/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la autorización de los establecimientos que comercializan para uso como piensos productos derivados de aceites vegetales y grasas mezcladas y en lo referente a los requisitos específicos de la producción, almacenamiento, transporte y detección de dioxinas en aceites, grasas y sus productos derivados (9).

(10)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) no 226/2012 de la Comisión, de 15 de marzo de 2012, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1730/2006 con respecto a las condiciones de uso del ácido benzoico (titular de la autorización: Emerald Kalama Chemical BV) (10).

(11)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) no 227/2012 de la Comisión, de 15 de marzo de 2012, relativo a la autorización de Lactococcus lactis (NCIMB 30117) como aditivo para piensos destinado a todas las especies animales (11).

(12)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) no 237/2012 de la Comisión, de 19 de marzo de 2012, relativo a la autorización de la α-galactosidasa (EC 3.2.1.22) producida por Saccharomyces cerevisiae (CBS 615.94) y la endo-1,4-β-glucanasa (EC 3.2.1.4) producida por Aspergillus niger (CBS 120 604) como aditivo alimentario para los pollos de engorde (titular de la autorización: Kerry Ingredients and Flavours) (12).

(13)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) no 333/2012 de la Comisión, de 19 de abril de 2012, relativo a la autorización de un preparado de diformato de potasio como aditivo en los piensos para todas las especies animales y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 492/2006 (13).

(14)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) no 334/2012 de la Comisión, de 19 de abril de 2012, relativo a la autorización de un preparado de Saccharomyces cerevisiae CNCM I-4407 como aditivo en los piensos para los conejos de engorde y los conejos no destinados a la producción de alimentos y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 600/2005 (titular de la autorización: Société Industrielle Lesaffre) (14).

(15)

La presente Decisión se refiere a cuestiones de alimentación animal. La legislación relativa a cuestiones de alimentación animal no se debe aplicar a Liechtenstein mientras que la aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza relativo al comercio de productos agrícolas incluya a dicho país, como se recoge en las adaptaciones sectoriales del anexo I del Acuerdo EEE. La presente Decisión no es, por lo tanto, aplicable a Liechtenstein.

(16)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo I del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El capítulo II del anexo I del Acuerdo EEE queda modificado como sigue:

1)

En los puntos 1y [Reglamento (CE) no 2380/2001 de la Comisión], 1zy [Reglamento (CE) no 1289/2004 de la Comisión], 1zza [Reglamento (CE) no 1455/2004 de la Comisión] y 1zzd [Reglamento (CE) no 1800/2004 de la Comisión], se añade el siguiente guion:

«—

32012 R 0118: Reglamento de Ejecución (UE) no 118/2012 de la Comisión, de 10 de febrero de 2012 (DO L 38 de 11.2.2012, p. 36).».

2)

En el punto 1zzj [Reglamento (CE) no 600/2005 de la Comisión], se añaden los siguientes guiones:

«—

32012 R 0118: Reglamento de Ejecución (UE) no 118/2012 de la Comisión, de 10 de febrero de 2012 (DO L 38 de 11.2.2012, p. 36).

32012 R 0334: Reglamento de Ejecución (UE) no 334/2012 de la Comisión, de 19 de abril de 2012 (DO L 108 de 20.4.2012, p. 6).».

3)

En el punto 1zzv [Reglamento (CE) no 492/2006 de la Comisión], se añade el texto siguiente:

«, modificado por:

32012 R 0333: Reglamento de Ejecución (UE) no 333/2012 de la Comisión, de 19 de abril de 2012 (DO L 108 de 20.4.2012, p. 3).».

4)

En el punto 1zzzc [Reglamento (CE) no 1730/2006 de la Comisión], se añade el siguiente guion:

«—

32012 R 0226: Reglamento de Ejecución (UE) no 226/2012 de la Comisión, de 15 de marzo de 2012 (DO L 77 de 16.3.2012, p. 6).».

5)

En los puntos 2h [Reglamento (UE) no 874/2010 de la Comisión], 2zc [Reglamento de Ejecución (UE) no 388/2011 de la Comisión] y 2zp [Reglamento de Ejecución (UE) no 900/2011 de la Comisión], se añade el siguiente texto:

«, modificado por:

32012 R 0118: Reglamento de Ejecución (UE) no 118/2012 de la Comisión, de 10 de febrero de 2012 (DO L 38 de 11.2.2012, p. 36).».

6)

En el punto 2zi [Reglamento de Ejecución (UE) no 532/2011 de la Comisión], se añade el texto siguiente:

«, corregido por el DO L 38 de 11.2.2012, p. 36, modificado por:

32012 R 0118: Reglamento de Ejecución (UE) no 118/2012 de la Comisión, de 10 de febrero de 2012 (DO L 38 de 11.2.2012, p. 36).».

7)

Después del punto 2zw [Reglamento de Ejecución (UE) no 1263/2011 de la Comisión], se insertan los siguientes puntos:

«2zx.

32012 R 0081: Reglamento de Ejecución (UE) no 81/2012 de la Comisión, de 31 de enero de 2012, por el que se deniega la autorización de Lactobacillus pentosus (DSM 14025) como aditivo para piensos (DO L 29 de 1.2.2012, p. 36).

2zy.

32012 R 0091: Reglamento de Ejecución (UE) no 91/2012 de la Comisión, de 2 de febrero de 2012, relativo a la autorización de Bacillus subtilis (CBS 117 162) como aditivo alimentario para lechones destetados y cerdos de engorde (titular de la autorización: Krka d.d.) (DO L 31 de 3.2.2012, p. 3).

2zz.

32012 R 0093: Reglamento de Ejecución (UE) no 93/2012 de la Comisión, de 3 de febrero de 2012, relativo a la autorización de Lactobacillus plantarum (DSM 8862 y DSM 8866) como aditivo en los piensos para todas las especies animales (DO L 33 de 4.2.2012, p. 1).

2zza.

32012 R 0098: Reglamento de Ejecución (UE) no 98/2012 de la Comisión, de 7 de febrero de 2012, relativo a la autorización de 6-fitasa (EC 3.1.3.26) producida por Pichia pastoris (DSM 23036) como aditivo en los piensos para pollos y pavos de engorde, pollitas para puesta, pavos criados para reproducción, gallinas ponedoras, otras especies aviares de engorde y ponedoras, lechones destetados, cerdos de engorde y cerdas (titular de la autorización: Huvepharma AD) (DO L 35 de 8.2.2012, p. 6).

2zzb.

32012 R 0131: Reglamento de Ejecución (UE) no 131/2012 de la Comisión, de 15 de febrero de 2012, relativo a la autorización de un preparado de aceite de alcaravea y aceite de limón con hierbas secas y especias como aditivo alimentario para lechones destetados (titular de la autorización: Delacon Biotechnik GmbH) (DO L 43 de 16.2.2012, p. 15).

2zzc.

32012 R 0136: Reglamento de Ejecución (UE) no 136/2012 de la Comisión, de 16 de febrero de 2012, por el que se autoriza el bisulfato de sodio como aditivo de piensos para mascotas y otros animales no productores de alimentos (DO L 46 de 17.2.2012, p. 33).

2zzd.

32012 R 0140: Reglamento de Ejecución (UE) no 140/2012 de la Comisión, de 17 de febrero de 2012, relativo a la autorización de monensina de sodio como aditivo en piensos para pollos de engorde y pollitas para puesta (titular de la autorización: Huvepharma NV Belgium) (DO L 47 de 18.2.2012, p. 18).

2zze.

32012 R 0227: Reglamento de Ejecución (UE) no 227/2012 de la Comisión, de 15 de marzo de 2012, relativo a la autorización de Lactococcus lactis (NCIMB 30117) como aditivo en los piensos para todas las especies animales (DO L 77 de 16.3.2012, p. 8).

2zzf.

32012 R 0237: Reglamento de Ejecución (UE) no 237/2012 de la Comisión, de 19 de marzo de 2012, relativo a la autorización de la α-galactosidasa (EC 3.2.1.22) producida por Saccharomyces cerevisiae (CBS 615.94) y la endo-1,4-β-glucanasa (EC 3.2.1.4) producida por Aspergillus niger (CBS 120 604) como aditivo alimentario para los pollos de engorde (titular de la autorización: Kerry Ingredients and Flavours) (DO L 80 de 20.3.2012, p. 1).

2zzg.

32012 R 0333: Reglamento de Ejecución (UE) no 333/2012 de la Comisión, de 19 de abril de 2012, relativo a la autorización de un preparado de diformato de potasio como aditivo en los piensos para todas las especies animales y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 492/2006 (DO L 108 de 20.4.2012, p. 3).

2zzh.

32012 R 0334: Reglamento de Ejecución (UE) no 334/2012 de la Comisión, de 19 de abril de 2012, relativo a la autorización de un preparado de Saccharomyces cerevisiae CNCM I-4407 como aditivo en los piensos para los conejos de engorde y los conejos no destinados a la producción de alimentos y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 600/2005 (titular de la autorización: Société Industrielle Lesaffre) (DO L 108 de 20.4.2012, p. 6).».

8)

En el punto 31m [Reglamento (CE) no 183/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo], se añade el texto siguiente:

«, modificado por:

32012 R 0225: Reglamento (UE) no 225/2012 de la Comisión, de 15 de marzo de 2012 (DO L 77 de 16.3.2012, p. 1).».

Artículo 2

Los textos de los Reglamentos de Ejecución (UE) no 81/2012, (UE) no 91/2012, (UE) no 93/2012, (UE) no 98/2012, (UE) no 118/2012, (UE) no 131/2012, (UE) no 136/2012, (UE) no 140/2012, del Reglamento (UE) no 225/2012, y de los Reglamentos de Ejecución (UE) no 226/2012, (UE) no 227/2012, (UE) no 237/2012, (UE) no 333/2012 y (UE) no 334/2012 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 8 de diciembre de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (15) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 7 de diciembre de 2012.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Atle LEIKVOLL


(1)  DO L 29 de 1.2.2012, p. 36.

(2)  DO L 31 de 3.2.2012, p. 3.

(3)  DO L 33 de 4.2.2012, p. 1.

(4)  DO L 35 de 8.2.2012, p. 6.

(5)  DO L 38 de 11.2.2012, p. 36.

(6)  DO L 43 de 16.2.2012, p. 15.

(7)  DO L 46 de 17.2.2012, p. 33.

(8)  DO L 47 de 18.2.2012, p. 18.

(9)  DO L 77 de 16.3.2012, p. 1.

(10)  DO L 77 de 16.3.2012, p. 6.

(11)  DO L 77 de 16.3.2012, p. 8.

(12)  DO L 80 de 20.3.2012, p. 1.

(13)  DO L 108 de 20.4.2012, p. 3.

(14)  DO L 108 de 20.4.2012, p. 6.

(15)  No se han indicado preceptos constitucionales.