13.12.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 341/37


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

No 183/2012

de 28 de septiembre de 2012

por la que se modifica el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo») y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión de Ejecución 2011/631/UE de la Comisión, de 21 de septiembre de 2011, por la que se establece un cuestionario que se utilizará en los informes sobre la aplicación de la Directiva 2008/1/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación (1).

(2)

La Decisión 2011/631/UE deroga, con efectos a partir del 1 de enero de 2013, la Decisión de la Comisión 2010/728/UE (2), que está incorporada al Acuerdo, y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo, con efectos a partir del 1 de enero de 2013.

(3)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XX del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo XX del Acuerdo EEE queda modificado como sigue:

1)

Después del punto 1fc (Decisión 2010/728/UE de la Comisión), se añade el punto siguiente:

«1fd.

32011 D 631: Decisión de Ejecución 2011/631/UE de la Comisión, de 21 de septiembre de 2011, por la que se establece un cuestionario que se utilizará en los informes sobre la aplicación de la Directiva 2008/1/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación (DO L 247 de 24.9.2011, p. 47).».

2)

Se suprime el texto del punto 1fc (Decisión 2010/728/UE de la Comisión), con efectos a partir del 1 de enero de 2013.

Artículo 2

Los textos de la Decisión de Ejecución 2011/631/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 29 de septiembre de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (3) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 28 de septiembre de 2012.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Atle LEIKVOLL


(1)  DO L 247 de 24.9.2011, p. 47.

(2)  DO L 313 de 30.11.2010, p. 13.

(3)  No se han indicado preceptos constitucionales.