4.5.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 111/30


DECISIÓN No 1/2009 DEL CONSEJO DE COOPERACIÓN UE-UCRANIA

de 23 de noviembre de 2009

sobre el establecimiento de un Comité mixto

(2010/254/CE)

EL CONSEJO DE COOPERACIÓN UE-UCRANIA,

Visto el Acuerdo de Colaboración y Cooperación por el que se establece una colaboración entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, y Ucrania, denominado en lo sucesivo «el Acuerdo», y en particular su artículo 88,

Considerando lo siguiente:

(1)

El artículo 88 del Acuerdo habilita al Consejo de Cooperación para decidir sobre la creación de cualquier otro comité u organismo especial que pueda asistirle en el desempeño de sus funciones y determinar la composición y las obligaciones de dicho comité u organismo y su funcionamiento.

(2)

Las Partes en el Acuerdo están negociando actualmente un Acuerdo de Asociación, que incluye una zona de libre comercio amplia y profunda.

(3)

Las Partes en el Acuerdo han aprobado el texto del Programa de Asociación UE-Ucrania.

(4)

Es necesario un Comité que revise los progresos en la ejecución del Programa de Asociación, así como las futuras prioridades y los ajustes que fuere preciso introducir. Este Comité Mixto funcionará a nivel de altos funcionarios.

DECIDE:

Artículo único

El Consejo de Cooperación establece un Comité Mixto a nivel de altos funcionarios. El Comité Mixto revisará los progresos en la ejecución del Programa de Asociación, así como las futuras prioridades y los ajustes del Programa de Asociación que, en su caso, fuera necesario introducir.

El Comité Mixto se reunirá periódicamente, al menos una vez al año.

Hecho en Bruselas, el 23 de noviembre de 2009.

Por el Consejo de Cooperación

C. BILDT

Jefe de la Delegación de la UE

Y. TYMOSHENKO

Jefa de la Delegación de Ucrania