16.12.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 332/50


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

No 100/2010

de 1 de octubre de 2010

por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 83/2010, de 2 de julio de 2010 (1).

(2)

Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (UE) no 178/2010 de la Comisión, de 2 de marzo de 2010, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 401/2006 en lo que respecta a los cacahuetes y otras semillas oleaginosas, a los frutos de cáscara arbóreos, a los huesos de albaricoque, al regaliz y al aceite vegetal (2).

(3)

La presente Decisión no es aplicable a Liechtenstein.

DECIDE:

Artículo 1

En el punto 54zzzl [Reglamento (CE) no 401/2006 de la Comisión] del capítulo XII del anexo II del Acuerdo, se añade el texto siguiente:

«, modificado por:

32010 R 0178: Reglamento (UE) no 178/2010 de la Comisión, de 2 de marzo de 2010 (DO L 52 de 3.3.2010, p. 32).».

Artículo 2

Los textos del Reglamento (UE) no 178/2010 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de noviembre de 2010, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE (3) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 1 de octubre de 2010.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Stefán Haukur JÓHANNESSON


(1)  DO L 277 de 21.10.2010, p. 37.

(2)  DO L 52 de 3.3.2010, p. 32.

(3)  No se han indicado preceptos constitucionales.