22.4.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 101/21


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N o 11/2010

de 29 de enero de 2010

por la que se modifica el anexo XIII (Transporte) del Acuerdo EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 145/2009, de 4 de diciembre de 2009 (1).

(2)

Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2008/57/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, sobre la interoperabilidad del sistema ferroviario dentro de la Comunidad (2).

(3)

La Directiva 2008/57/CE deroga, con efecto a partir del 19 de julio de 2010, la Directiva 96/48/CE (3) y la Directiva 2001/16/CE (4) del Parlamento Europeo y del Consejo, incorporadas al Acuerdo, que, en consecuencia, deben suprimirse del mismo con efecto a partir del 19 de julio de 2010.

DECIDE:

Artículo 1

El anexo XIII del Acuerdo queda modificado como sigue:

1)

El actual punto 37d (Directiva 2001/16/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) se convierte en el punto 37ca.

2)

Después del nuevo punto 37ca (Directiva 2001/16/CE del Parlamento Europeo y del Consejo), se inserta el punto siguiente:

«37d.

32008 L 0057: Directiva 2008/57/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, sobre la interoperabilidad del sistema ferroviario dentro de la Comunidad (DO L 191 de 18.7.2008, p. 1).».

3)

En el punto 42e (Directiva 2004/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo), se añade el siguiente texto:

«modificado por:

32008 L 0057: Directiva 2008/57/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008 (DO L 191 de 18.7.2008, p. 1).».

4)

Con efecto a partir del 19 de julio de 2010, se suprime el texto de los puntos 37a (Directiva 96/48/CE del Consejo) y 37ca (Directiva 2001/16/CE del Parlamento Europeo y del Consejo).

Artículo 2

Los textos de la Directiva 2008/57/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 30 de enero de 2010, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE (*1) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 29 de enero de 2010.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Alan SEATTER


(1)   DO L 62 de 11.3.2010, p. 42.

(2)   DO L 191 de 18.7.2008, p. 1.

(3)   DO L 235 de 17.9.1996, p. 6.

(4)   DO L 110 de 20.4.2001, p. 1.

(*1)  Se han indicado preceptos constitucionales.