19.2.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 45/22


Corrección de errores de la Decisión no 1/2008 (2008/786/CE) de la Comisión Mixta CE-AELC «Tránsito común», de 16 de junio de 2008, por la que se modifica el Convenio de 20 de mayo de 1987 relativo a un régimen común de tránsito

( Diario Oficial de la Unión Europea L 274 de 15 de octubre de 2008 )

En la página 24, en el anexo I, en el artículo 113, en el apartado 4:

donde dice:

«4.   A efectos de la aplicación del artículo 4, apartado 2, se considerará que el transportista es el explotador […]»

,

debe decir:

«4.   A efectos de la aplicación del artículo 8, apartado 2, se considerará que el transportista es el explotador […]»

.

En la página 37, en el anexo V, en el punto 31.1:

donde dice:

«31.1.

[…] el destinatario autorizado estará obligado a enviar sin demora a la aduana de destino los ejemplares no 4 y no 5 de la declaración de tránsito […].»

,

debe decir:

«31.1.

[…] el destinatario autorizado estará obligado a enviar sin demora a la aduana de destino el DAT o los ejemplares no 4 y no 5 de la declaración de tránsito […].»

.