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25.9.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 257/19 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
N o 60/2008
de 6 de junio de 2008
por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El anexo I del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 44/2008, de 25 de abril de 2008 (1). |
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(2) |
Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2007/852/CE de la Comisión, de 13 de diciembre de 2007, por la que se modifica la Decisión 2005/5/CE en lo que respecta a las pruebas y los análisis comparativos comunitarios de semillas y materiales de reproducción de Asparagus officinalis en virtud de la Directiva 2002/55/CE (2) del Consejo. |
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(3) |
Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2007/853/CE de la Comisión, de 13 de diciembre de 2007, relativa a la continuación en 2008 de las pruebas y análisis comparativos comunitarios iniciados en 2005 de semillas y materiales de reproducción de Asparagus officinalis (3) en virtud de la Directiva 2002/55/CE del Consejo. |
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(4) |
La presente Decisión no es aplicable a Liechtenstein. |
DECIDE:
Artículo 1
La parte 2 del capítulo III del anexo I del Acuerdo queda modificada como sigue:
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1) |
En el punto 39 (Decisión 2005/5/CE de la Comisión) se añade el texto siguiente: «, modificado por:
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2) |
Después del punto 50 (Decisión 2007/66/CE de la Comisión) se añade el punto siguiente:
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Artículo 2
Los textos de las Decisiones 2007/852/CE y 2007/853/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 7 de junio de 2008, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE (*1) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 6 de junio de 2008.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Alan SEATTER
(1) DO L 223 de 21.8.2008, p. 37.
(2) DO L 335 de 20.12.2007, p. 57.
(3) DO L 335 de 20.12.2007, p. 59.
(*1) No se han indicado preceptos constitucionales.