12.6.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 154/11


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

no 6/2008

de 1 de febrero de 2008

por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 154/2007, de 7 de diciembre de 2007 (1).

(2)

Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2007/19/CE de la Comisión, de 30 de marzo de 2007, por la que se modifican la Directiva 2002/72/CE relativa a los materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con productos alimenticios, y la Directiva 85/572/CEE del Consejo, por la que se determina la lista de los simulantes que se deben utilizar para controlar la migración de los componentes de los materiales y objetos de material plástico destinados a entrar en contacto con los productos alimenticios (2), rectificada por el DO L 94 de 4.4.2007, p. 71 y el DO L 97 de 12.4.2007, p. 50.

(3)

Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2007/42/CE de la Comisión, de 29 de junio de 2007, relativa a los materiales y objetos de película de celulosa regenerada destinados a entrar en contacto con productos alimenticios (3).

(4)

La Directiva 2007/42/CE deroga la Directiva 93/10/CEE de la Comisión (4), incorporada al Acuerdo, y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo.

(5)

La presente Decisión no es aplicable a Liechtenstein.

DECIDE:

Artículo 1

El capítulo XII del anexo II del Acuerdo queda modificado como se indica a continuación:

1)

En el punto 36 (Directiva 85/572/CEE del Consejo), se añade el texto siguiente:

«, modificada por:

32007 L 0019: Directiva 2007/19/CE de la Comisión, de 30 de marzo de 2007 (DO L 91 de 31.3.2007, p. 17), rectificada por el DO L 94 de 4.4.2007, p. 71, y el DO L 97 de 12.4.2007, p. 50.».

2)

En el punto 54zzb (Directiva 2002/72/CE de la Comisión), se añade el guión siguiente:

«—

32007 L 0019: Directiva 2007/19/CE de la Comisión, de 30 de marzo de 2007 (DO L 91 de 31.3.2007, p. 17), rectificada por el DO L 94 de 4.4.2007, p. 71, y el DO L 97 de 12.4.2007, p. 50.».

3)

Después del punto 54zzzr [Reglamento (CE) no 372/2007 de la Comisión], se inserta el punto siguiente:

«54zzzs.

32007 L 0042: Directiva 2007/42/CE de la Comisión, de 29 de junio de 2007, relativa a los materiales y objetos de película de celulosa regenerada destinados a entrar en contacto con productos alimenticios (DO L 172 de 30.6.2007, p. 71).».

4)

Se suprime el texto del punto 54h (Directiva 93/10/CEE de la Comisión).

Artículo 2

Los textos de la Directiva 2007/19/CE, rectificada por el DO L 94 de 4.4.2007, p. 71 y el DO L 97 de 12.4.2007, p. 50, y de la Directiva 2007/42/CE, en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 2 de febrero de 2008, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE (5) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 1 de febrero de 2008.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Alan SEATTER


(1)  DO L 124 de 8.5.2008, p. 15.

(2)  DO L 91 de 31.3.2007, p. 17.

(3)  DO L 172 de 30.6.2007, p. 71.

(4)  DO L 93 de 17.4.1993, p. 27.

(5)  No se han indicado preceptos constitucionales.