25.11.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 349/36


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N o 77/2004

de 8 de junio de 2004

por la que se modifica el anexo XIII (Transporte) del Acuerdo EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo» y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El anexo XIII del Acuerdo fue modificado por el Acuerdo sobre la participación de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Hungría, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca en el Espacio Económico Europeo que se firmó en Luxemburgo el 14 de octubre de 2003 (1).

(2)

Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) no 1726/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de julio de 2003, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 417/2002 relativo a la introducción acelerada de normas en materia de doble casco o de diseño equivalente para petroleros de casco único (2).

DECIDE:

Artículo 1

En el punto 56m [Reglamento (CE) no 417/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo] del anexo XIII del Acuerdo, se añadirá el siguiente guión:

«—

32003 R 1726: Reglamento (CE) no 1726/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de julio de 2003 (DO L 249 de 1.10.2003, p. 1).».

Artículo 2

Los textos del Reglamento (CE) no 1726/2003 en lenguas islandesa y noruega, anejos a las correspondientes versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 9 de junio de 2004, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo (3).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 8 de junio de 2004.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

S. GILLESPIE


(1)  DO L 130 de 29.04.2004, p. 3.

(2)  DO L 249 de 1.10.2003, p. 1.

(3)  No se han indicado preceptos constitucionales.