22001D0073

Decision del Comité Mixto del EEE n° 73/2001, de 19 de junio de 2001, por la que se modifica el anexo IX (Servicios financieros) del Acuerdo EEE

Diario Oficial n° L 238 de 06/09/2001 p. 0022 - 0022


Decisión del Comité Mixto del EEE

n° 73/2001

de 19 de junio de 2001

por la que se modifica el anexo IX (Servicios financieros) del Acuerdo EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo IX del Acuerdo se modificó mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 45/2001, de 30 de marzo de 2001(1).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2000/64/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de noviembre de 2000, que modifica las Directivas 85/611/CEE, 92/49/CEE, 92/96/CEE y 93/22/CEE del Consejo en lo relativo al intercambio de información con terceros países(2).

DECIDE:

Artículo 1

Antes del texto adaptado, en los puntos 7a (Directiva 92/49/CEE del Consejo), 12a (Directiva 92/96/CEE del Consejo), 30 (Directiva 85/611/CEE del Consejo) y 30b (Directiva 93/22/CEE del Consejo) del anexo IX del Acuerdo se añadirá el guión siguiente: "- 32000 L 0064: Directiva 2000/64/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de noviembre de 2000 (DO L 290 de 17.11.2000, p. 27).".

Artículo 2

Los textos de la Directiva 2000/64/CE en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 20 de junio de 2001, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo(3).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Hecho en Bruselas, el 19 de junio de 2001.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

P. Westerlund

(1) DO L 158 de 14.6.2001, p. 59.

(2) DO L 290 de 17.11.2000, p. 27.

(3) Se han indicado preceptos constitucionales.