Acuerdo en forma de Canje de Notas sobre la aplicación provisional del Protocolo por el que se fijan, para el período comprendido entre el 28 de febrero de 2001 y el 27 de febrero de 2004, las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera establecidas en el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la República Federal Islámica de las Comoras relativo a la pesca en aguas de las Comoras
Diario Oficial n° L 193 de 17/07/2001 p. 0018 - 0018
Acuerdo en forma de Canje de Notas sobre la aplicación provisional del Protocolo por el que se fijan, para el período comprendido entre el 28 de febrero de 2001 y el 27 de febrero de 2004, las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera establecidas en el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la República Federal Islámica de las Comoras relativo a la pesca en aguas de las Comoras A. Nota del Gobierno de las Comoras Muy señor mío: Con referencia al Protocolo rubricado el 13 de diciembre de 2000, por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera para el período comprendido entre el 28 de febrero de 2001 y el 27 de febrero de 2004, tengo el honor de comunicarle que, hasta la entrada en vigor del mismo de conformidad con su artículo 7, el Gobierno de las Comoras está dispuesto a aplicar dicho Protocolo con carácter provisional a partir del 28 de febrero de 2001, siempre que la Comunidad Europea esté dispuesta a hacer lo mismo. En tal caso, el pago de la primera compensación financiera anual, fijada en el artículo 2 del Protocolo, deberá efectuarse antes del 1 de septiembre de 2001. Le agradecería tuviera a bien confirmar el Acuerdo de la Comunidad Europea sobre lo que antecede. Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración. Por el Gobierno de las Comoras B. Nota de la Comunidad Muy señor mío: Por la presente, acuso recibo de su nota del día de hoy redactada en los términos siguientes: "Con referencia al Protocolo rubricado el 13 de diciembre de 2000, por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera para el período comprendido entre el 28 de febrero de 2001 y el 27 de febrero de 2004, tengo el honor de comunicarle que, hasta la entrada en vigor del mismo de conformidad con su artículo 7, el Gobierno de las Comoras está dispuesto a aplicar dicho Protocolo con carácter provisional a partir del 28 de febrero de 2001, siempre que la Comunidad Europea esté dispuesta a hacer lo mismo. En tal caso, el pago de la primera compensación financiera anual, fijada en el artículo 2 del Protocolo, deberá efectuarse antes del 1 de septiembre de 2001. Le agradecería tuviera a bien confirmar el Acuerdo de la Comunidad Europea sobre lo que antecede.". Me complace confirmarle el Acuerdo de la Comunidad Europea sobre el contenido de dicha nota. Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración. En nombre del Consejo de la Unión Europea