Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y Bulgaria relativo al reconocimiento de la regionalización de la peste porcina africana en el Reino de España
Diario Oficial n° L 358 de 31/12/1994 p. 0220 - 0220
Edición especial en finés : Capítulo 11 Tomo 39 p. 0220
Edición especial sueca: Capítulo 11 Tomo 39 p. 0220
ACUERDO en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y Bulgaria relativo al reconocimiento de la regionalización de la peste porcina africana en el Reino de España A. Nota de Bulgaria Señor: Tengo el honor de referirme a las discusiones relativas a los Acuerdos comerciales en relación con determinados productos agrícolas entre la Comunidad y Bulgaria que han tenido lugar en el marco de las negociaciones del Acuerdo Europeo. Por la presente confirmo que Bulgaria acepta reconocer que el territorio del Reino de España, con excepción de las provincias de Badajoz, Huelva, Sevilla y Córdoba, se halla libre de la peste porcina, en los mismos términos que los previstos por la Decisión 89/21/CEE del Consejo, de 14 de diciembre de 1988, modificada por la Decisión 91/112/CEE de la Comisión, de 12 de febrero de 1991. Bulgaria acepta esta excepción sin perjuicio de todos los restantes requisitos previstos por la legislación veterinaria búlgara. Le agradecería tuviese a bien confirmarme el acuerdo de la Comunidad con el contenido de esta Nota. Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración. Por el Gobierno de Bulgaria B. Nota de la Comunidad Señor: Tengo el honor de acusar recibo de su Nota del día de hoy redactada en los siguientes términos: «Señor: Tengo el honor de referirme a las discusiones relativas a los Acuerdos comerciales en relación con determinados productos agrícolas entre la Comunidad y Bulgaria que han tenido lugar en el marco de las negociaciones del Acuerdo Europeo. Por la presente confirmo que Bulgaria acepta reconocer que el territorio del Reino de España, con excepción de las provincias de Badajoz, Huelva, Sevilla y Córdoba, se halla libre de la peste porcina, en los mismos términos que los previstos por la Decisión 89/21/CEE del Consejo, de 14 de diciembre de 1988, modificada por la Decisión 91/112/CEE de la Comisión, de 12 de febrero de 1991. Bulgaria acepta esta excepción sin perjuicio de todos los restantes requisitos previstos por la legislación veterinaria búlgara. Le agradecería tuviese a bien confirmarme el acuerdo de la Comunidad con el contenido de esta Nota.». Tengo el honor de confirmarle el acuerdo de la Comunidad con el contenido de dicha Nota. Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración. En nombre de la Comunidad