21976A1208(06)

Acuerdo en forma de Canje de Notas por el que se modifica el Anexo A del Protocolo n° 1 del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza

Diario Oficial n° L 338 de 07/12/1976 p. 0017 - 0018
Edición especial griega: Capítulo 11 Tomo 9 p. 0019
Edición especial en español: Capítulo 11 Tomo 6 p. 0219
Edición especial en portugués: Capítulo 11 Tomo 6 p. 0219


Acuerdo en forma de Canje de Notas por el que se modifica el Anexo A del Protocolo n º 1 del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza

Bruselas , ...

Señor Embajador ,

En el marco del régimen transitorio previsto en el Protocolo n º 1 del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza firmado el 22 de julio de 1972 , el Reino Unido está autorizado a abrir cada año contingentes arancelarios libres de derechos para los productos comprendidos en el Anexo A del Protocolo n º 1 . El contingente para algunos productos del Capítulo 49 del arancel aduanero común está expresado en libras esterlinas , puesto que durante el período de referencia 1958/1971 no todas las importaciones de esos productos estaban registradas en peso . Entretanto , la inflación y las fluctuaciones de las paridades monetarias han falseado esta base . Por este motivo , se ha puesto de manifiesto que sería conveniente expresar ese contingente en peso . Una comparación de los valores y de los pesos de las importaciones del Reino Unido durante los últimos años , ha permitido convertir en toneladas la media de importaciones en el período 1968/1971 . El resultado se cifra en 756,055 toneladas .

En consecuencia , la Comunidad estima que , en virtud del apartado 4 del artículo 1 del Protocolo n º 1 del Acuerdo arriba mencionado , el contingente inicial libre de derechos que el Reino Unido podía abrir en 1974 para determinados productos del Capítulo 49 , mencionado en la columna Reino Unido del Anexo A de dicho Protocolo , debería leerse 918,989 toneladas y no 756 918 libras esterlinas . De lo que se deduce que , conforme al apartado 4 del artículo 1 del Protocolo n º 1 , el contingente que el Reino Unido puede abrir para 1976 será de 1 013,186 toneladas .

Le agradecería tuviera a bien confirmarme el acuerdo de su Gobierno sobre el contenido de la presente Nota .

Le ruego acepte , señor Embajador , el testimonio de mi más alta consideración .

En nombre del Consejo de las Comunidades Europeas

Bruselas , ...

Señor ... ,

Tengo el honor de acusar recibo de su Nota con fecha de hoy , redactada en los siguientes términos :

« En el marco del régimen transitorio previsto en el Protocolo n º 1 del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza firmado el 22 de julio de 1972 , el Reino Unido está autorizado a abrir cada año contingentes arancelarios libres de derechos para los productos comprendidos en el Anexo A del Protocolo n º 1 . El contingente para algunos productos del Capítulo 49 del arancel aduanero común está expresado en libras esterlinas , puesto que durante el período de referencia 1968/1971 no todas las importaciones de esos productos estaban registradas en peso . Entretanto , la inflación y las fluctuaciones de las paridades monetarias han falseado esta base . Por este motivo , se ha puesto de manifiesto que sería conveniente expresar ese contingente en peso . Una comparación de los valores y de los pesos de las importaciones del Reino Unido durante los últimos años , ha permitido convertir en toneladas la media de importaciones en el período 1968/1971 . El resultado se cifra en 756,055 toneladas .

En consecuencia , la Comunidad estima que , en virtud del apartado 4 del artículo 1 del Protocolo n º 1 del Acuerdo arriba mencionado , el contingente inicial libre de derechos que el Reino Unido podía abrir en 1974 para determinados productos del Capítulo 49 , mencionado en la columna Reino Unido del Anexo A de dicho Protocolo , debería leerse 918,989 toneladas y no 756 918 libras esterlinas . De lo que se deduce que , conforme al apartado 4 del artículo 1 del Protocolo n º 1 , el contingente que el Reino Unido puede abrir para 1976 será de 1 013,186 toneladas .

Le agradecería tuviera a bien confirmarme el acuerdo de su Gobierno sobre el contenido de la presente Nota . »

Tengo el honor de confirmarle el acuerdo de mi Gobierno sobre el contenido de su Nota .

Le ruego acepte , señor ... , el testimonio de mi más alta consideración .

En nombre del Gobierno de la Confederación Suiza