|
|
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 202/306 |
PROTOCOLO (No 25)
SOBRE EL EJERCICIO DE LAS COMPETENCIAS COMPARTIDAS
LAS ALTAS PARTES CONTRATANTES,
HAN CONVENIDO en las siguientes disposiciones, que se incorporarán como anexo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea:
Artículo único
Con referencia al apartado 2 del artículo 2 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, relativo a las competencias compartidas, cuando la Unión haya tomado medidas en un ámbito determinado, el alcance de este ejercicio de competencia sólo abarcará los elementos regidos por el acto de la Unión de que se trate y, por lo tanto, no incluirá todo el ámbito en cuestión.