7.6.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 202/351


43.   Declaración relativa al apartado 6 del artículo 355 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Las Altas Partes Contratantes convienen en que el Consejo Europeo, en aplicación del apartado 6 del artículo 355, adoptará una decisión que dará lugar a la modificación del estatuto de Mayotte respecto de la Unión, con objeto de que dicho territorio pase a ser región ultraperiférica en el sentido del apartado 1 del artículo 355 y del artículo 349, cuando las autoridades francesas notifiquen al Consejo Europeo y a la Comisión que así lo permite la evolución en curso del estatuto interno de la isla.