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26.10.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 326/391 |
CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA
TÍTULO IV
SOLIDARIDAD
Artículo 37
Protección del medio ambiente
En las políticas de la Unión se integrarán y garantizarán, conforme al principio de desarrollo sostenible, un nivel elevado de protección del medio ambiente y la mejora de su calidad.