Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea - TÍTULO V - CIUDADANÍA - Artículo 42 - Derecho de acceso a los documentos
Diario Oficial n° 303 de 14/12/2007 p. 0011 - 0011
Artículo 42 Derecho de acceso a los documentos Todo ciudadano de la Unión y toda persona física o jurídica que resida o tenga su domicilio social en un Estado miembro tiene derecho a acceder a los documentos de las instituciones, órganos y organismos de la Unión, cualquiera que sea su soporte. --------------------------------------------------