12006M015

Tratado de la Unión Europea (versión consolidada) - Título V. Disposiciones relativas a la política exterior y de seguridad común - Artículo 15

Diario Oficial n° C 321 E de 29/12/2006 p. 0016 - 0016
Diario Oficial n° C 325 de 24/12/2002 p. 0015 - Versión consolidada
Diario Oficial n° C 340 de 10/11/1997 p. 0157 - Versión consolidada
Diario Oficial n° C 191 de 29/07/1992 p. 0059


Artículo 15

El Consejo adoptará posiciones comunes. Las posiciones comunes definirán el enfoque de la Unión sobre un asunto concreto de carácter geográfico o temático. Los Estados miembros velarán por la conformidad de sus políticas nacionales con las posiciones comunes.

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