12006E053

Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (Versión consolidada) - Tercera parte. Políticas de la Comunidad - TÍTULO III. Libre circulación de personas, servicios y capitales - Capítulo 3. Ser vicios - Artículo 53

Diario Oficial n° C 321 E de 29/12/2006 p. 0063 - 0063
Diario Oficial n° C 325 de 24/12/2002 p. 0055 - Versión consolidada
Diario Oficial n° C 340 de 10/11/1997 p. 0198 - Versión consolidada
Diario Oficial n° C 224 de 31/08/1992 p. 0024 - Versión consolidada
(Tratado CEE - publicación oficial no disponible)


Artículo 53

Los Estados miembros se declaran dispuestos a proceder a una liberalización de los servicios más amplia que la exigida en virtud de las directivas adoptadas en aplicación del apartado 1 del artículo 52, si su situación económica general y la del sector afectado se lo permiten.

La Comisión dirigirá, a este fin, recomendaciones a los Estados miembros interesados.

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